Declaraciones juradas: 30 días para que funcionarios y concejales las presenten

Las declaraciones juradas patrimoniales las deben realizar todos los funcionarios municipales. “Nosotros, en el caso del Concejo, ya la habíamos hecho en diciembre de 2011. Ahora lo que vamos a hacer es volver a hacerlas dentro de un formulario que va a tener la Contaduría”, explicó Diego Lascurain, titular del bloque de concejales del PJ.

En tanto, el concejal del Peronismo Federal, Alberto Zadoyko, recordó que en marzo había presentado un proyecto de ordenanza donde se creaba el registro de declaraciones juradas patrimoniales. “Ahora nos comunicaron desde el área competente que esto se debe actualizar. Si bien los concejales en forma voluntaria lo presentaron, una vez que se hizo público el proyecto, ahora el área competente que es contaduría para que el período de 30 días se proceda a actualizar”, indicó el concejal.

La Contaduría municipal es la que debe encargar de reunir las declaraciones juradas. La ordenanza Nº 34 780 establece que para ello debe crear el Registro Especial Protocolizado de Declaraciones Juradas Patrimoniales. Ese organismo es el responsable del control de presentación y su custodia, estando obligada a comunicar toda omisión en el cumplimiento de la norma.

Transcurrido el plazo para presentar la declaración jurada, sin que se hubiere dado cumplimiento, la Contaduría municipal debe comunicar esa situación al Ejecutivo o al Concejo Deliberante, y estos podrán suspender el cobro de las remuneraciones que le correspondieran al funcionario o agente municipal por el ejercicio de sus funciones, hasta tanto no cumplimenten dicha obligación.

La declaración jurada de bienes fue establecida en Entre Ríos en 1953 mediante la Ley Nº 3886. El gobernador, el vice, los legisladores, integrantes del poder judicial y los ministros y secretarios del Ejecutivo, entre otros, están obligados a presentar la declaración. La misma debe contener la: relación detallada de los bienes propios del declarante, tanto de los radicados en el país como en el extranjero, con especificación de fecha de adquisición, costo de origen, rentas y deudas; relación detallada en los mismos términos de los bienes del cónyuge e hijos menores; nombre y apellido, profesión, medios de vida y domicilio de sus parientes consanguinidad en línea recta, que vivieran a la fecha de presentarse la declaración.

Al igual que lo que sucede en la Provincia, en la ordenanza mencionada no se menciona que lo que declaren los funcionarios y los concejales pueda ser dado a conocer a la prensa. En cambio, a nivel nacional, por ejemplo, sí se conoce la declaración jurada de Cristina Kirchner, quien tiene un patrimonio total propio de 39.572.589 pesos mediante depósitos que pesificó, alquileres, la pensión de Néstor Kirchner y su sueldo. En cambio, se desconoce los bienes de las máximas autoridades a nivel provincia, ya sea de los poderes Ejecutivo, Legislativo o Judicial. Lo mismo sucede en la municipalidad.

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