¡Cuidado! ¡Escrache!

Estas acciones difamatorias se denominan «escraches»  y los hay de todo tipo, desde denuncias de engaños en una relación amorosa hasta denuncias por presuntos abusos, deudas impagas, robos, estafas, fraudes, supuestos malversadores de fondos públicos, entre otros.

Esta práctica puede ser un arma de doble filo, porque en el caso de que el acusado sea culpable, puede entorpecer investigaciones y otra que (siempre es la peor consecuencia) la posibilidad que el «escrache» sea falso, es decir, que la persona acusada de cometer tal delito o acción reprochable sea inocente. En tal caso, no sólo se estaría condenando socialmente a un inocente, sino que también éste podría sufrir un estigma social perdurable en el tiempo que podría traer aparejados daños físicos, psicológicos entre muchos otros.

Jurídicamente podríamos encontrar al “escarchado” como víctima de un posible delito de injurias, siendo indispensable en este caso realizar una querella particular, por ser el mencionado delito de instancia privada, obteniendo en el mejor de los casos y después de mucho tiempo de trajinar en tribunales una retractación publica de parte del injuriante y en algunos casos, depende la solvencia del querellado, una indemnización económica por los daños y perjuicios sufridos, haciendo también la importante salvedad de que, para lograr esto, tendríamos que contratar un abogado particular, con los gastos que esto conlleva, detectando así una evidente restricción al acceso a la justicia para la victima de la injuria.

Lo que en simples palabras significa que de no tener dinero para contratar un abogado, es muy difícil realizar el trámite ya que la justicia en estos casos no actúa de oficio.

Apelando tal vez a una íntima convicción, me atrevo a decir que las respuestas de los sistemas jurisdiccionales en general -y mucho más nuestro sistema jurisdiccional en particular-, no le brindan al ciudadano una solución acorde en tiempo y forma ante la situación de victima injuriada.

Tal vez es una ilusión inútil depositar la solución de este tipo de conflictos en los sistemas jurisdiccionales punitivos de los estados, siempre con la esperanza que «papá código penal» nos solucione todos nuestros conflictos, siendo que éste sólo tiene para ofrecer soluciones punitivas que de alguna manera siempre van en detrimento de nuestros derechos individuales

La solución entonces no seria que, por algunos irresponsables sueltos de boca, se termine restringiendo el derecho a expresarnos, más bien tendríamos que proponernos y exigir como ejercicio cívico la valoración, el respeto y la utilización de la libertad de expresión a través de los medios masivos que se encuentran al alcance de todos.

Tener una actuación responsable y consciente de lo que se dice y/o escribe, chequear medianamente la información que se reproduce, no compartir información de dudosas fuentes y menos que impliquen cuestiones referidas a personas físicas relacionadas a acusaciones penales, supuestas participaciones en delitos, etc. Y no esperar todo del código penal, digo esto como advertencia para no terminar pagando justos por habladores.

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