En los considerandos del proyecto de Zadoyko se señala que “el derecho al trabajo es la base para la realización de otros derechos humanos y para una vida en dignidad”. Y que en, la realización progresiva de este derecho, “el Estado está obligado a garantizar la disponibilidad de orientación técnica y profesional, y a tomar las medidas apropiadas para crear un entorno propicio para que existan oportunidades de empleo productivo”.
“En los últimos tiempos han surgido trabajos informales como el de ‘cuidacoches’ o ‘trapito’. En su actividad en desarrollo en horarios, principalmente nocturnos, que no son cubiertos por quienes están a cargo del cobro del estacionamiento medido, que están identificados correctamente”, se sostiene en otro párrafo.
“Si bien en general prestan un servicio adecuado, en otros casos, se han producido hechos de violencia contra aquellos vehículos cuyos propietarios no han querido abonar la suma solicitada, la cual deber ser voluntaria y no exigida, ya que, en ese horario, el estacionamiento es gratuito”, se menciona más adelante.
“Es necesario dar tranquilidad a los automovilistas que circulan y estacionan sus autos frente a los restaurantes, cine, confitería nocturna, teatro, espectáculos masivos, y a la vez, un marco de control a esa actividad”.
Por los argumentos expuestos, la iniciativa crea el ‘Registro de Cuidadores de Vehículos’ que debe funcionar en el ámbito de la secretaría de Gobierno de la municipalidad de Concordia.
“Se entiende como actividad de ‘cuidadores de vehículos’ a la desarrollada por los encargados de controlar el estacionamiento de vehículos en la vía pública, fuera de los horarios determinados para el cobro del sistema de estacionamiento medido”, se señala.
“La autoridad de aplicación deberá asignar el horario y lugar determinado para su actividad, los que serán debidamente identificados con carteles donde conste que se encuentra en zonas donde actúan los cuidadores de coches. Deberá suministrar una credencial identificatoria donde consten datos personales, el lugar y horario asignado”, se manifiesta.
“La retribución que el permisionario reciba por su servicio es siempre de CARÁCTER VOLUNTARIO”, se deja constancia expresa.
“La autoridad de aplicación deberá realizar, por única vez, un relevamiento para determinar quiénes serán los ciudadanos que podrán solicitar el servicio, con el fin de no generar la propagación de la actividad”, se manifiesta. Y los permisos serán de carácter precario, personal e intransferible, durante un año, pudiendo ser renovados por igual termino. “El permiso se otorgará a personas mayores de 18 años con ingresos insuficientes para la atención de sus propias necesidades y las de su grupo familiar. El trámite será gratuito, y se deberá priorizar a los adultos mayores, que padezcan una discapacidad física o tengan a su cargo una persona discapacitada, los que integren familias numerosas, etc.
Y más importante aún es que la autoridad de aplicación debe realizar un curso de capacitación para instruir acerca de la forma de ejercer la actividad, la reglamentación de tránsito vigente y la adecuada y correcta atención al ciudadano.
En uno de los artículos se establece que los permisos serán concedidos por el municipio en los siguientes lugares: espacios en la calzada que el estacionamiento de vehículos este permitido y el servicio de los cuidadores sea útil para que las maniobras de estacionamiento entorpezcan la circulación general; espacios en calzadas frente o en las inmediaciones de mercados, donde se realicen operaciones de carga o descarga de mercadería; espacios en calzadas frente a o en las inmediaciones de lugares donde se realizan eventos deportivos, culturales o de entretenimiento de carácter masivo, durante el tiempo en que se desarrollen los mismos.
El párrafo más importante es el que establece que la autoridad de aplicación arbitrará los medios necesarios para que los ciudadanos puedan realizar las eventuales denuncias de manera rápida y eficaz, en tanto los cuidacoches actúen abusivamente efectuando reclamos económicos y/o incurran en acoso y/o coacción respecto de los ciudadanos que estacionen en la vía pública.
Por otra parte, se señala que se puede revocar el permiso por una contravención o delito en el marco del desarrollo de la actividad para la cual le fue otorgado el permiso. Y que quien ejerza la actividad de cuidado de vehículos en el espacio público sin autorización legal, puede ser sancionado con uno o dos días de trabajo de utilidad pública o multa de $ 200 a $ 400.
En agosto de 2016, la concejal Irma Bergalio (PJ) reconocía a DIARIOJUNIO que había presentado un proyecto de ordenanza sobre los trapitos porque le preocupaba el tema. “Es un problema en el que creo que alguien tiene que tomar la posta y analizarlo, no es un tema fácil, es muy difícil. Porque tiene muchas aristas a tener en cuenta, por un lado no deberían existir, porque para eso está el estacionamiento medido, la municipalidad trabaja en ese marco con respecto al ordenamiento del tránsito, pero la necesidad de la gente de tener alguna entrada, nos lleva a buscar estas formas, y una de las formas es esa justamente, ponerse los chalequitos y salir a la noche, cosa que me parece que no es fácil, he hablado con varios de ellos y son excelentes personas, y hacen bien a conciencia su trabajo, pero no hay organización y la organización me parece que no tiene que estar de parte de la municipalidad, ya que no puede hacerse cargo de algo que no está reglamentado, no está contemplado, y porque en el grupo de personas que están realizando ese trabajo, no todos trabajan con las mejores intenciones, debemos reconocer eso también”.
Bergalio indicaba además que la ordenanza de Zadoyko involucraba a la municipalidad como la institución que iba a tomar a su cargo a todo ese grupo de gente. “Lo cual me parece que es algo medio imposible y además el proyecto establecía penalidades, cuestiones que me parecen que no pueden ser determinadas a través de una ordenanza”.
“Entonces, cuando yo propongo que esto sea un disparador, lo vamos a tratar en el seno del concejo de seguridad, para que todos opinen, si puede salir una norma, bien, pero si puede salir también alguna otra forma que nos lleve a tener controlada esa actividad, yo creo que a esta altura es una cuestión que existe en todo el país, y no me gusta hablar de la prohibición, porque la prohibición va a llevar a que se reprima o se tomen medidas muy drásticas con quienes están ejerciendo aquello que llamamos trabajo, entre comillas, que es lo de los trapitos”, señalaba Bergalio hace dos años.
Es entendible la postura de quien pueda oponerse dado que se podría alegar que se está dando una pátina de legalidad a una actividad nunca bien vista, que lejos está de ser considerada un trabajo formal, más bien una changa marginal. O de alguien que se pregunte quien se hace cargo de los daños que pueda producir un cuidacoches ‘legalizado’ por el municipio. En ese caso, la alternativa es prohibirlos lisa y llanamente. La semana pasada, la Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires aprobó diversas modificaciones al Código Contravencional entre las que se destacan la imposición de multas y penas a quienes ofrecen o prestan servicios de estacionamiento y de limpieza de vidrios a automotores en la vía pública y que llega a días de arresto en el caso de que existiera la actividad sea realizada por una organización de personas.
Y queda una tercera opción: cruzarse de brazos dejando a los autos indefensos a merced de los cuidacoches. No es la mejor salida a juzgar por los hechos que empiezan a reiterarse.