“Esto es todo un ejemplo y una de ellas se ofreció para ser autoridad de mesa”, recalcó el funcionario en declaraciones a Elonce TV y precisó que dos de las personas son de Concordia, una de Rosario del Tala y la restante de Paraná.
Por otra parte, Zonis indicó que aún queda una semana para que los estudiantes universitarios se anoten para realizar el curso de capacitación, por el cual se les abonarán 30 pesos y el día de los comicios pueda ejercer la tarea de autoridades de mesa, para lo cual se les pagarán otros 100 pesos.
Mientras tanto, las autoridades de mesa que sean designadas por la Junta Nacional Electoral de Entre Ríos recibirán la notificación en su domicilio.
Las designaciones serán entregadas en mano por el Correo Argentino. Pero, si la persona no se encontrara en el lugar, se le dejará una notificación de que el llamado se encuentra en la sede de correo más cercano.
Los ciudadanos que no acepten el llamado para ser autoridad de mesa tendrán 72 horas a partir del momento en el que les llega la designación, para notificar su rechazo.
Según la Justicia Electoral, las posibilidades para justificar la negación son: Por enfermedad, se deberá presentar un certificado de un centro de salud público en la Secretaría electoral del distrito correspondiente.
Por razones de fuerza mayor, se considera bajo esta modalidad a aquellas personas que estén a más de 500 kilómetros del lugar designado para ser autoridad de mesa. El convocado debe comunicar su ausencia lo antes posible a la Secretaría Electoral de su distrito para que el organismo pueda designar un reemplazo. Luego, en el caso del interior del país, el interesado deberá presentarse el día de la elección en la comisaría más cercana donde se le emitirá el certificado correspondiente. En cambio, si el ciudadano designado se encuentra en el exterior estará obligado a solicitar, el día de los comicios, el comprobante respectivo ante la delegación diplomática correspondiente.
Aquellos que rechacen el llamado y no presenten los certificados correspondientes serán penados con seis meses a dos años de prisión, según lo estipula el artículo 132 del Código Nacional Electoral.