“CRONICA DE UNA MUERTE EVITABLE”

Claudia Bertoldi y la kinesiologo María Soledad Mitre

La suerte estaba echada, aunque parezca mentira y sin pretender agitar fantasmas ni batir una nota de sensiblería barata, porque no es mi estilo.-

Una práctica incorrecta, o para decirlo de un modo más técnico, una práctica aplicada sin respetar la“lex artis”, produjo una consecuencia letal y lamentable. A los 45 años de edad, perdía la vida Claudia Bertoldi, madraza, familiera, solidaria y muy buena persona.-

Su muerte, como otras tantas que he debido atender profesionalmente en más de 30 años de ejercicio de la abogacía, ubicaban este caso, como decenas en los que he participado, como un homicidio culposo por una mal praxis. Y como de costumbre y así corresponde, esa muerte generó la apertura de una causa penal, con una investigación o pesquisa a cargo de un fiscal de la jurisdicción de Concordia.-

Pasaron los días y meses, y ya muy avanzada la llamada Investigación Penal Preparatoria –debo decir con absoluta honestidad, que muy bien llevada por el Fiscal Núñez-, las pruebas comenzaron a engrosar el legajo de investigación y se comenzó a echar luz sobre el asunto.-

Y para entender la cuestión, quiero detenerme en dos pruebas periciales de vital importancia y con dirimentes consecuencias para la situación procesal de la Licenciada Mitre, quien al día de la fecha está imputada por el delito aludido precedentemente.- Me refiero a la Pericial Médica, con la autopsia incluida y otra pericial efectuada por un Bioingeniero.-

La autopsia revela, sin más, que la causa de la muerte es por haber colocado (i.e., inyectado) el gas por las venas de Claudia, cuando en realidad esa aplicación debió ser subcutánea, habiendo el producto ingresado al corazón (ventrículo derecho) y producido la muerte en forma casi instantánea (shock cardiogénico) provocado por una embolia gaseosa, con lo cual tenemos aquí el primer error, muy grueso por cierto, imputable, sin beneficio de inventario, a la Licenciada Mitre.- Aquí, está claro, se violentó la lex artis, es decir, el saber hacer médico.-

Luego, el Cuerpo Médico Forense dependiente del STJER, dictaminó unánimemente y con fundamentos inapelables, que esa práctica que se le aplicó a Claudia Bertoldi, es propiamente un ACTO MÉDICO y,por tanto,  sólo reservado a quienes tienen esta profesión. Para ser más claro y preciso, los manuales de medicina informan que la Carboxiterapia es un tratamiento médico realizado exclusivamente por profesionales médicos cualificados. Es un método no invasivo ni quirúrgico que consiste en la aplicación del gas Dióxido de Carbono por vía subcutánea mediante pequeñas infiltraciones en los tejidos afectos.- Con lo cual, Soledad Mitre ejerció un acto médico no siéndolo, invadiendo ostensible e inexcusablemente incumbencias de otra disciplina correspondiente a otro título superior, que no es el que ella posee, con lo cual, o ejerció ilegalmente la medicina o bien incurrió en el tipo penal de la usurpación de títulos y honores. Por lo tanto y a fortiori, no se trata de un homicidio culposo por mala praxis médica, sencillamente porque no fue un médico, profesional del arte de curar, quien practicó ese acto, con lo cual, en mi opinión, se trata de un homicidio culposo concursado idealmente con el de usurpación de título y honores. Aunque como más adelante veremos, tampoco estoy convencido que se trate de un homicidio simple…

Por otra parte y a mayor abundamiento, la pericia del bioingeniero determina que se usó GAS INDUSTRIAL en lugar de usar gas medicinal, como hubiera correspondido.- Es decir, se inyectó no sólo por vía venosa lo que exige que sea de forma subcutánea, sino que en lugar de usar el gas medicinal, que es para los seres humanos, se usó en la humanidad de Claudia Bertoldi un gas que se utiliza en la industria, en máquinas, motores, etc.-

Finalmente, como si algo faltara, la médica esteticista que fungió como Perito Médica, determinó que, además, esas aplicaciones, entre una y otra, deben tener un intervalo de 72 horas, mientras que la Licenciada Mitre el día anterior al del deceso, había realizado una aplicación, con lo cual hizo dos aplicaciones, una tras otra, sin respetar el espacio de tiempo que recomienda e indica la lex artis.- Adviértase que la ley del arte de curar en esta materia informa, que como máximo, se pueden hacer dos aplicaciones semanales, respetando el intervalo de 72 horas entre una y otra aplicación, advertencia que la kinesióloga desoyó.-

Se deben adunar dos elementos más para analizar y evaluar al accionar de la Licenciada Mitre, desde la perspectiva de su responsabilidad profesional y personal: a) el color del gas medicinal es distinto al del gas industrial y b) el precio del gas industrial es menor al del gas medicinal.-

Además, carecía el centro o consultorio de la Licenciada Soledad Mitre de habilitación para tales prácticas como que tampoco tenían preparada una emergencia para atender casos similares a los de Claudia, dijeron desde el Ministerio de Salud, por boca del Coordinador General de ese organismo.-

Colofón obligado de toda esta triste saga es, que la situación de la Licenciada Mitre, se ha tornado asaz delicada y con muy pocas chances de ubicarse como en la mayoría de otros supuestos en la figura del homicidio culposo. En este especial caso convergen muchos factores que agravan y resignifican el desvalor de acción y el de resultado,  y que por tanto ubican su accionar dentro de lo que se conoce como dolo eventual, donde si bien Mitre no tuvo intenciones deliberadas de producir la muerte de Bertoldi, sin embargo debió representarse el peligro que significaba asumir una práctica típicamente médica cuando ella no ostenta ese título; haber utilizado gas industrial en lugar de medicinal y finalmente, haber hecho las aplicaciones continuas, una de tras de la otra, sin haber dejado pasar el lapso de 72 horas aconsejado por la lex artis.-

Para sumar algo de ciencia penal en el artículo, se define al dolo eventual a aquel donde el agente no sólo se representa la posibilidad de que se produzca la muerte (teoría o tesis de la probabilidad), sino que además la acepta para el caso de que tenga lugar (teoría del consentimiento).- Es decir, como dicen otros, en el dolo eventual, el sujeto activo, desprecia la posibilidad del resultado.- En este supuesto, me parece, que la distinción entre dolo eventual y culpa consciente es sutil y para nada fácil de delimitar.-

La sumatoria de todos estos elementos, más el hecho de haber introducido por vena lo que debía hacerse por vía subcutánea, colocan su accionar, reitero, en un contexto factual que, sobrepasa con creces el meramente culposo por negligencia, impericia o inobservancia de reglamentos, ubicándose derechamente en el ámbito del dolo eventual, más cerca del homicidio simple que del culposo, por todas las causas convergentes que he individualizado de modo sencillo y al alcance del lector.-

En casos como el narrado, deben tomar debida y urgente nota- para acciones de prevención y para evitar que en lo sucesivo haya otras Claudia Bertoldi- las autoridades gubernamentales de salud y el propio Colegio de Kinesiólogos de Entre Ríos, habiendo este último tenido, además de una actitud corporativa, un comportamiento esquivo, desatento y para nada empático con los familiares de Claudia, que de muy buen modo y por canales institucionales adecuados y habituales, solicitaron una audiencia que jamás fue concedida, ni con las anteriores autoridades ni con las actuales, que hace poco tiempo asumieron.-

Como en todo juicio de esta naturaleza, no sólo se reclamará la imposición de una pena por los delitos cometidos, sino una reparación económica por la pérdida de una vida. Pero no hay dinero en el mundo que resarza la pérdida de un ser querido y mucho más indigna cuando estas tragedias pueden evitarse.-

Las autoridades gubernamentales, incluso las municipales, deben arbitrar las medidas de contralor y no habilitar o bien clausurar a este tipo de consultorios que realizan prácticas médicas sin serlo y sin reunir condiciones mínimas de infraestructura para atender emergencias. No se trata de pavadas ni de cuestiones menores. En este caso se perdió una vida y lo que se busca afanosamente a través de este artículo, es interpelar la conciencia de los diferentes actores sociales, para que actuemos a tiempo y no volvamos a llegar tarde y tengamos que volver a lamentarnos  la pérdida evitable de otra vida.

Entradas relacionadas