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Crimen del Congreso: abogados defensores apelaron sus procesamientos

Ramón Arigós, abogado de Navarro Cádiz, explicó que "la apelación se basa en dos puntos centrales relacionados a la calificación que ha empleado el juez". "Por un lado, utiliza el agravante del placer cuando todavía no se hicieron las pericias psiquiátricas y psicológicas. ¿Cómo saben que sintieron placer, si no está demostrado científicamente?", se preguntó el defensor.

Además, comentó que el juez utiliza como uno de los fundamentos para ese agravante el hallazgo de una serie de dibujos con figuras humanas con impactos en una pared del domicilio del padre de Navarro Cádiz que "tampoco fueron peritados y que Miguel Navarro ya aclaró que allí no se practicó tiro al blanco, sino que son dibujos que hicieron sus nietos y que están golpeados con un martillo".

Arigós también cuestionó la figura de la alevosía al comentar que "si estaban estacionados detrás de un micro, no fue algo planificado para actuar a resguardo y aprovechar el estado de indefensión de las víctimas, sino una cuestión circunstancial, ya que la noche anterior y otras anteriores estuvieron en el mismo lugar consumiendo drogas y alcohol".

Por su parte, Ramiro Rúa, defensor de Fernández, indicó que también apeló el procesamiento de su cliente en base a lo que sostuvo en sus declaraciones indagatorias, es decir, que si bien reconoció haber estado en el lugar, le endilgó toda la responsabilidad del hecho a su primo Navarro Cádiz, quien sacó el arma de la nada y comenzó a disparar.

También cuestionó en la apelación la calificación que eligió el juez para el procesamiento, ya que para ambos defensores debió haber sido un doble homicidio simple agravado por el uso de arma de fuego. El juez ya adelantó en su resolución que desde su punto de vista y pese a haber consumido alcohol y estupefacientes, está demostrado con su fuga posterior y otras acciones que tanto Fernández como Navarro Cádiz sabían lo que hacían, Iturralde y Andrades quieren que los especialistas del Cuerpo Médico Forense (CMF) definan si al momento del hecho los acusados pudieron comprender la criminalidad de sus actos y dirigir sus acciones, para ver si son o no inimputables.

El crimen de Olivares y Yadón ocurrió el 9 de mayo pasado, cuando salieron a hacer su caminata matutina habitual por la Plaza del Congreso, y a las 6.50, al pasar por segunda vez delante de un automóvil Volkswagen Vento estacionado, les efectuaron varios balazos.

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