La investigación por el crimen de Ezequiel Muñoz fue llevada adelante por los fiscales Fabio Zabaleta y Mauricio Guerrero, mientras que la querella particular estuvo a cargo de los abogados Brenda Vittori y Pablo Moyano; la defensa de Ramón Báez, por María de los Ángeles Petit y Matías Llados; y la de los menores, Daniel Cedro y Defensoría Pública. Una vez manifestada la culpabilidad de los acusados por parte del jurado popular – y de manera unánime – resta ahora que la jueza Carolina López Bernis de a conocer la condena de Báez – que será perpetua seguramente – y su par de Familia, Noelí Gabriela Ballhorst, haga lo propio con los menores D. B y A. L. Todo ello, será el próximo 1 de octubre.
«Desde mi punto de vista, ningún hecho planteado por la Fiscalía quedo demostrado, desde el momento que uno de los imputados más implicados no fue llevado al juicio – por decisión del Fiscal – y que uno de los elementos configurantes del homicidio agravado como es la premeditación, no fue probado ni siquiera mencionado en el transcurso del juicio», remarcó la Dra Petit
«Personalmente, yo entiendo que la pena a aplicar en la figura del Homicidio Agravado – que es la reclusión o prisión perpetua – sin graduaciones es inconstitucional y contraria principios internacionales de derechos humanos, porque la ausencia de graduación de la pena, es un grave avasallamiento al ser humano al privarlo de la posibilidad de reinserción, lo que la convierte en una pena degradante, cruel e inhumana», añadió
«El sistema acusatorio entrerriano es un sistema inquisitivo disfrazado. La Ley del Ministerio Publico Fiscal habilita al Fiscal a decidir no sólo a quien acusa, sino fundamentalmente a cerrarse en una teoría del caso y a acomodar la prueba para llegar a la conclusión que él decide que es la correcta. La suma del poder de acusar en la Fiscalía puede interpretarse como un unicato judicial y en un sistema judicial republicano, eso no puede permitirse»
Por otro lado, avanzó la letrada, «no puede pretenderse explicarle en dos horas de lectura tediosa a 12 personas que no tienen ningún conocimiento jurídico, cuál es la pena aplicable resumido en 5 o 7 puntos. A los abogados y jueces les lleva años aprender el encuadramiento legal de los delitos y su interpretación, y todos los días surgen vacíos en las normas tanto de fondo como procesales. Por lo que dar en 2 horas lo que se estudia durante 6 años y se sigue estudiando durante toda la vida de un profesional del derecho, es por lo menos, poco serio».
«Creo que esta Ley es una mala copia de otros sistemas, porque el Jurado Popular es eficiente en determinar la culpabilidad o la inocencia pero no en la determinación de la figura delictual que se aplica. Siempre se repite que en estos juicios hay 2 Jueces: uno del Derecho, el Juez Técnico y otro de los Hechos, el Jurado. Pero en la práctica, es el jurado el que juzga los hechos y además, aplica el derecho. Entiendo que son temas que se deben debatir», consideró.
Finalmente, Petit adelantó que van a esperar la sentencia, «y comenzaremos este proceso que para nosotros recién empieza. Trataremos de lograr no sólo la revisión de este proceso, sino la postura de la Fiscalía que a través de acuerdos privados logró la impunidad para quienes ayer debieron estar sentados en el banquillo. Por otro lado, el planteo de inconstitucionalidad nos da la posibilidad de avanzar, incluso ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos», concluyó.