CORRUPCIÓN Y CONTRASENTIDO : Elementos comúnes de la Revolución Libertadora y la derecha macrista

EL CONTRASENTIDO DE LAS PALABRAS

Resulta casi tragicómico el contrasentido de las palabras utilizadas y la historia parece repetirse, al menos en determinada terminología. Estas comisiones y subcomisiones eran decididamente ilegales y sobretodo anticonstitucionales, se constituían al calor de un golpe de Estado sangriento que mató, secuestró, persiguió, fusiló y torturó a miles de ciudadanos por el solo hecho de pertenecer a una parcialidad política como fue el peronismo elegido por la inmensa mayoría de la población en elecciones libres y democráticas.

Sin embargo para esta subcomisión de referencia, Yoya (el Intendente elegido democráticamente), fue aquí  (como otros en distintos lugares del país) jefe de una “falange desterrada por siempre del país que no vacilo a torturar y perseguir a los ciudadanos libres, quemar iglesias, en deformar la mente de los niños, en corromper funcionarios y enriquecerse con los dineros públicos y en conculcar las libertades individuales”.

No obstante esta calificación, esta subcomisión de personas comunes no de jueces afirman esto “…y las pocas detenciones que hemos dispuesto, por ser imprescindibles, hemos tratado de reducirlas al mínimo posible, hasta que las actuaciones fueron finalizadas”.  Un dato básico, es que nuestra constitución prohíbe los tribunales especiales.

 

 ACTUABAN COMO JUECES SIN SERLO Y SE AUTO-CALIFICABAN DEMOCRÁTICOS

Ese dossier firmado por las personas mencionadas, se caracteriza por mostrarnos un poder supra constitucional al punto que aseguran… “También debemos destacar que casi todas las declaraciones indagatorias (indagatoria es imputación) las tomamos personalmente”.

O sea no solo se erigen en jueces sin serlo, sino que se califican a sí mismos y a sus mandantes como ciudadanos democráticos. Lo dicen así…

“Debemos expresar que siempre será para nosotros un motivo de orgullo el haber prestado nuestra colaboración a los hombres que constituían la Comisión Provincial Investigadora, por amplia trayectoria democrática que los adornan y por el señorío de su actuación”.

 

LA CORRUPCION ELEMENTO DISTINTIVO

Al final del dossier al que accedió DIARIOJUNIO, en lo que llamaron “Acotación Final” afirman…

“Es indudable que muchas de las irregularidades administrativas que se mencionan en este informe representan como ya hemos dicho una mínima parte de todas las que han sido cometidas en el Departamento Concordia, pero la opinión pública debe comprender que, para su total esclarecimiento esta Sub Comisión ha debido luchar con encubridores de buena o mala fe, con culpables debidamente aleccionados para la obstrucción y con la falta de un equipo de contadores, abogados e ingenieros.

–Se ha procedido en todos los casos, sin afanes sensacionalistas, en forma documentada, seria y responsable…”.

Pero agregan “…y las pocas detenciones que hemos dispuesto, por ser imprescindibles, hemos tratado de reducirlas al mínimo posible, hasta que las actuaciones fueron finalizadas”.

 

CULPABLES : LOS DELITOS (algunos) DE YOYA Y SUS FUNCIONARIOS

** Queda pues demostrado que el ex intendente Gerardo  Yoya y los ex secretarios de Hacienda y Obras Publicas, Domingo Sigot y Juan Carlos Bordoy dispusieron indebidamente de bienes de propiedad de la Comuna que se dieron en propiedad sin autorización alguna y al margen de toda disposición vigente, a entidades políticas gremiales, deportivas, oficiales y privadas, y aun a particulares.

**Llama la atención que, en tan solo 15 días, entre los cuales no figuraba ninguna celebración patriótica, se hayan  utilizado 1.224 bombas de estruendo

** Para celebrar la inauguración oficial  de la extensión del servicio tranviario al cementerio –explotada también con fines políticos- se adquirieron según consta en el expediente Nº 201.223 del 13 de abril de 1955, 444 bombas que si hubieran sido disparadas a intervalos de un minuto excederían largamente las 7 horas de bombardeo continuo. No obstante las adquisiciones antes dichas, el mismo 28 de abril de 1955 se autoriza el pago de 420 bombas para tener de ¨reserva¨ que sin duda se adquirieron y repartieron para la campaña electoral.

**Hay servicios de lunch y confitería en obsequio de empleados. Un pic-nic de los empleados telefónicos a Salto Grande, gastos en donaciones de libros cuyo destino no se especifica, pago de flores, tomas de fotografias, publicaciones periodísticas e irradiación de actos organizados por el partido oficial de la dictadura y varios otros que seria largo detallar y que han sido efectuados con finalidades exclusivamente políticas.

** Irregularidades en la donación de un terreno de 6.846m2 efectuada por la Municipalidad de Concordia al Centro de Empleados de Comercio de Concordia.

**De esta donación irregular son responsables en su carácter de ex funcionarios, el ex intendente municipal GERARDO YOYA, el ex secretario de obras públicas, DOMINGO SIGOT , el ex secretario de hacienda JUAN CARLOS BORDOY ,y el ex concejal RENE BENINGNI.

 

CONCEJO DELIBERANTE : CULPABLES DEL VOTO A FAVOR…

**sin perjuicio de las sanciones o penalidades que pueda imponer la justicia a los ex concejales que votaron afirmativamente la ordenanza Nº 12.652 del 29 de agosto de 1952. –Debe señalarse expresamente además que en este asunto existe también el delito de sustracción y ocultación intencional de documentos públicos pues el expediente se hizo desaparecer de la Secretaria de la Intendencia y debió recurrirse a solicitar una copia de la escritura pública traslativa de dominio que contiene todos los detalles de la donación.

**El ex concejal y ex presidente del concejo deliberante Alfredo Abadon Caraballo, en ejercicio de sus funciones solicito se rematara un terreno municipal que el mismo adquirió en la suma de $ 8.609,64 revendiéndolo a $ 20.000

** Irregularidades en la adquisición de la reparación del reloj de propiedad municipal instalado en la Iglesia Matriz de San Antonio, Cdia. La reparación de este reloj, en su oportunidad, dio amplio tema al periodismo local.

**que existe responsabilidad de todos los funcionarios que intervenían en los tramites de compra, adjudicación y recepción de forrajes destinados al racionamiento de los animales de la comuna y quienes autorizaron o aprobaron las mismas o debían ejercer la fiscalización de las compras y los consumos. –En el mes de enero de 1955 siendo jefe de compras y suministros Antonio Octaviano Perez se compraron para consumo del mes 60.000 kilos de alfalfa y 60.000 kilos de maíz quebrado, pese a que las adquisiciones anteriores y posteriores a dicho mes, fueron las ¨normales¨ en esa fecha, ya que el consumo medio actual es de 13.000 y 13.000 kilos respectivamente, apreciado aproximativamente y manteniendo el ganado en buen estado.

**Llama también la atención que según lo declara el personal del corralón municipal, la calidad del forraje provisto fue muy inferior a la que se cotizaba y pagaba.

**CALIFICAN …“en la comisión ¨prima facie¨ de irregularidades constitutivas de los delitos de violación de los deberes de los funcionarios y malversación de bienes públicos que prevé y reprime el código penal en sus artículos 248 y 261”.

CODIGO PENAL :

Capítulo IV – Abuso de autoridad y violación de los deberes de los funcionarios públicos

 ARTICULO 248 : Será reprimido con prisión de un mes a dos años e inhabilitación especial por doble tiempo, el funcionario público que dictare resoluciones u órdenes contrarias a las constituciones o leyes nacionales o provinciales o ejecutare las órdenes o resoluciones de esta clase existentes o no ejecutare las leyes cuyo cumplimiento le incumbiere.

Art 261 : Malversación de caudales públicos

Será reprimido con reclusión o prisión de dos a diez años e inhabilitación absoluta perpetua, el funcionario público que sustrajere caudales o efectos cuya administración, percepción o custodia le haya sido confiada por razón de su cargo. Será reprimido con la misma pena el funcionario que empleare en provecho propio o de un tercero, trabajos o servicios pagados por una administración pública.

 

 EL PAPEL DE LA PRENSA Y LA JUSTICIA SEGÚN LA SUBCOMISIÓN

Ayer como hoy la inestimable colaboración de la prensa y la justicia para ejecutar en aquel proceso un plan siniestro y criminal diseñado por una dictadura feroz cuyo odio se expresó no solo en los conocidos fusilamientos de José León Suarez, sino en el bombardeo a Plaza de Mayo, matando a miles de trabajadores y transeúntes argentinos.

** Antes de dar comienzo a la exposición, queremos destacar nuestro reconocimiento a la prensa escrita  y oral, por el tacto y mesura que ha demostrado, al no dar trascendencia  a noticias y nombres relacionados con nuestras investigaciones, que pudieron haber dificultado las mismas o perjudicar a personas que al final podrían resultar inocentes. No es para nosotros desconocido, que, difícilmente al ¨cuarto poder¨ se le escapen noticias, por eso expresamos nuestro beneplácito  a la prensa, por la corrección con que ha actuado, sacrificando primicias a la espera de una información oficial común.

**De la justicia dicen textual : “El Sr. Juez del Crimen, Doctor Carlos Amavet Uranga, nos ha prestado su eficaz asesoramiento en todas las oportunidades que lo hemos consultado”.

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