martes 14 de octubre de 2025

-

Director: Claudio Gastaldi

RegistrarmeNewsletter
Filter by Categorías
Ambiente
América Latina
Colonia Ayuí
Concordia
Coronavirus
Covid-19
Derechos Humanos
Diamante
Dictadura
Dos Orillas
Economía
Educaciòn
El país
Federal
Información general
Informes Especiales
Iosper vs Femer
Judiciales
Juicio Político
Legisaltura
Legislativas
Ley de Etiquetado
Los Charrúas
Mundo
Municipios
Colonia Ayuí
Diamante
Estancia Grande
La Criolla
Los Charrúas
Puerto Yeruá
Nacionales
Opinión
Opinion
Opinion Guilermo Luciano
Opinión: Claudio Gastaldi
Opinión: Guillermo Luciano
Policiales
Política
Provincial
Puerto Yeruá
Salud
Sin categoría
Sociedad
Violencia Laboral

COOPERATIVA : La jueza Pasqualini rechazó por “abstractos” los Amparos de las Listas Amarilla y Azul

R E S U E L V O:
1.- RECHAZAR la acción de amparo y prohibición interpuesta por MARCELO RUBÉN SPINELLI – apoderado “LISTA AMARILLA” contra el SUPERIOR GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE ENTRE RÍOS, por los fundamentos expuestos en el Considerando precedente, con COSTAS.-
2.- RECHAZAR la acción de ejecución interpuesta por JUAN JOSÉ BUKTENICA – apoderado “LISTA AZUL” contra el I.P.C. y M.E.R. (Instituto de Promoción Cooperativa y Mutualidades de Entre Ríos), por los fundamentos expuestos en el Considerando precedente, con COSTAS.-
3.- DECLARAR ABSTRACTA ambas pretensiones, por los fundamentos expuestos en el Considerando precedente.-
4.- Por la acción inadmitida en el Punto 1.- de la presente, REGULAR los honorarios de los letrados intervinientes: a la Fiscal de Estado Adjunta Dra. ROSA P. de ACEBAL, en la suma de PESOS DOS MIL DOSCIENTOS ($ 2.200,00) – equivalentes a 40 Juristas -; al Dr. ROBERTO BÉHÈRAN en la suma de PESOS UN MIL CIEN ($ 1.100,00) – equivalentes a 20 Juristas – y a los citados: Dr. ALFREDO M. ARIGÓS, en la suma de PESOS QUINIENTOS CINCUENTA ($ 550,00) – equivalentes a 10 Juristas -; Dres. JUAN JOSÉ BUKTENICA, PABLO LAPIDUZ y DANIEL CEDRO, en la suma de PESOS DOSCIENTOS VEINTE ($ 220,00.-) – equivalentes 4 juristas- a cada uno; Dr. JULIÁN DAVID TAJES en la suma de PESOS QUINIENTOS CINCUENTA ($ 550,00) – equivalentes a 10 Juristas -, arts. 3, 5, 12, 30, 32, 63 y 91 de la ley 7046.- Valor del Jurista: $ 55 por unidad (Ley 9877). La presente regulación no incluye el I.V.A.-
5.- Por la acción inadmitida en el Punto 2.- de la presente, REGULAR los honorarios de los letrados intervinientes: Dr. JULIÁN DAVID TAJES en la suma de PESOS DOS MIL DOSCIENTOS ($ 2.200,00) – equivalentes a 40 Juristas -; al Dr. JUAN JOSÉ BUKTENICA en la suma de PESOS UN MIL CIEN ($ 1.100,00) – equivalentes a 20 Juristas – y a los citados: Dr. ALFREDO M. ARIGÓS, en la suma de PESOS QUINIENTOS CINCUENTA ($ 550,00) – equivalentes a 10 Juristas -; al Dr. ROBERTO BÉHÈRAN en la suma de PESOS QUINIENTOS CINCUENTA ($ 550,00) – equivalentes a 10 Juristas -; y, al apoderado de Fiscalía de Estado, Dr. EDUARDO G. EMBON en la suma de PESOS QUINIENTOS CINCUENTA ($ 550,00) – equivalentes a 10 Juristas -, arts. 3, 5, 12, 30, 32, 63 y 91 de la ley 7046.- Valor del Jurista: $ 55 por unidad (Ley 9877). La presente regulación no incluye el I.V.A.-
6.- EXPÍDASE testimonio de la presente, y AGRÉGUESE en autos acumulados caratulados “SPINELLI, MARCELO RUBÉN- APODERADO DE LA “LISTA AMARILLA” C/ SUPERIOR GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE ENTRE RIOS S/ ACCIÓN DE AMPARO” (Exp. 7540).
7.- REGÍSTRESE en ambos expedientes, NOTIFÍQUESE a las partes y terceros en cada expediente y, oportunamente, ARCHÍVESE.-

AMPLIAREMOS…

Entradas relacionadas

Deja el primer comentario