La nota de Miranda, presentada el 28 de febrero pasado, recalca que: “quienes hoy recorremos la ciudad por distintos motivos vemos como en la mencionada intersección hoy se está levantando el edificio en cuestión de una altura y dimensión que realmente sorprende y llama la atención”.
Luego prosigue indicando que “teniendo en cuenta experiencias del pasado donde primero se hacía y luego, cuando era imposible desandar lo transitado, se preguntaba, es pertinente preguntarse si en la mencionada construcción se está respetando lo que claramente expresado está en el antes mencionado código”.
Héctor Oñate, director del departamento de Obras Particulares, aseguró que la municipalidad autorizó a la empresa constructora a erigir un subsuelo, una planta baja con locales comerciales, un semi-entrepiso sobre los locales comerciales y 14 pisos o departamentos.
El permiso para la construcción del edificio fue aprobado en el 2002, durante la gestión de Hernán Orduna. El permiso fue firmado por el secretario de Obras Públicas y Privadas en aquel entonces, ing, Guido Jáuregui. La documentación definitiva del edificio fue aprobada en julio de 2003.
“Hace un tiempo atrás se estuvo verificando esa edificación. La cantidad de pisos es la misma. Lo que se detectó es que había una losa de más de ese sector. Estaríamos hablando que el edificio habría sufrido una modificación de la altura total de unos 2,50 m y una ampliación en la superficie de los metros cuadrados destinadas a locales comerciales”, explicó Oñate.
La empresa constructora, mediante planos aportados en febrero de este año, alega que el entrepiso será utilizado como depósito. “Y argumentan que a raíz de problemas estructurales se construyó esa losa y no con un sentido de ampliar la superficie útil en cuanto a la parte residencial”, indicó.
Construir sin autorización
La dirección de Obras Particulares, una vez anoticiada de la modificación, cursó nota a la empresa pidiendo ampliación de toda la documentación para evaluar el volumen de la transgresión. “Cuando tengamos esa documentación habrá que evaluar cuanto es la superficie máxima que ellos podían ocupar, cuanto es la que ocuparon y cual es la altura máxima a la cual ese edificio podría llegar”, expresó Oñate.
Una vez que la infracción haya sido determinada cuantitativamente, se establecerá la multa a aplicar. De por sí, cabe una acta debido a la construcción de una losa sin consulta previa. Pero esa infracción puede incrementarse considerablemente si se violaron los parámetros de superficie y alturas máximas permitidas que establece el código de planeamiento urbano. El monto de la multa se establece en base a un porcentaje de la valuación económica de la modificación añadida.
Usualmente, antes de iniciarse una modificación que pueda alterar altura y superficies de una obra, Oñate indicó que “se debe consultar pasa saber si eso se puede hacer, si está dentro de los parámetros permitidos”.
Para Oñate, los responsables de la transgresión son, por un lado, el director de obra “que no controló que la obra se efectúe de acuerdo a planos aprobados. Y si había que incorporar una modificación, debería haberlo hecho cuando esta losa se consolidó, en el año 2003”. Por el otro, “el constructor, que construyó una losa de más sin que estén los planos aprobados”.
Límites establecidos
El edificio está ubicado en una zona clasificada dentro del código como E1. Esa zona, circundante de la C1 (zona céntrica), no establece una altura máxima para construcciones particulares. El límite está dado por un cálculo matemático realizado sobre la superficie ocupada. “Existen factores de ocupación que establece cuanto yo puedo construir en un terreno. Pero si yo compro el terreno al vecino y agrando la superficie de mi terreno, puedo construir mucho más porque va en un porcentaje”, especificó el director de Obras Particulares.
Hay zonas de Concordia donde no se puede construir edificaciones de más de dos pisos. Son las zonas residenciales R3 y R5, ubicadas al este de Avenida Eva Perón y al norte de Bvard. San Lorenzo. “La altura máxima son 8 metros. O sea, dos plantas”.
El escrito de Miranda hace referencia a un debate en el Concejo Deliberante. “Un tema que demandó no pocos debates, discusiones y duros enfrentamientos en el cuerpo deliberativo local, entre quienes, por un lado, soslayando las normas vigentes y alentados por sus intereses económicos, pura y exclusivamente, pretendían llevarlo adelante y aquellos que nos mantuvimos en la férrea defensa del Código de Planeamiento Urbano”. El Concejo, en aquel entonces, flexibilizó las normas del Código de Planeamiento, autorizando un 10 % más de superficie de lo permitido.