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Constituyente: sólo por concurso se podrá acceder a la dirección de los hospitales y departamentales de escuelas

El artículo 12 de la nueva Constitución quedará redactado del siguiente modo: “todos los habitantes son admisibles a los empleos públicos provinciales, municipales o de otros organismos en los que tenga participación el Estado, sin más requisito que la idoneidad, sin perjuicio de las calidades especiales exigidas por esta Constitución”.
Asimismo, además de otros considerandos, el párrafo votado establece que la ley “determinará las condiciones de concurso para los ingresos y ascensos y los funcionarios políticos sin estabilidad que podrán ser designados sin concurso. No podrán incluirse los cargos entre estos de directores de hospitales y directores departamentales de escuelas”.
Por otra parte, la Convención definió las causales del juicio político ausentes en la Constitución de 1933. El PJ dio marcha atrás y accedió a unificar su despacho con el de la oposición. De acuerdo a lo debatido en comisión, el oficialismo había propuesto cuatros causales: 1) Incapacidad física o mental sobreviviente; 2) Delitos en ejercicio de la función; 3) Delitos dolosos cometidos fuera de su función; 4) Mal desempeño.
En tanto, para la UCR y la Coalición Cívica rechazaron dos de estos cuatro puntos: el 2 y el 3. Las causales quedaron circunscriptas finalmente al mal desempeño del cargo y a la inhabilidad física o mental sobreviviente que imposibilite el ejercicio de la función.
“La intención es que tomen mayor fuerza las causales. Consideramos que puede ser absorbido el enjuiciamiento por eventuales delitos en el mal desempeño de las funciones (que no puede encuadrarse en ninguna norma fuera de la Constitución) sin necesidad de señalización. De esta forma se estaría ante una casual amplia. Y en casos de delito común el funcionario requerirá de un juicio común y deberá quedar a disposición de la Justicia ordinaria”, resumió el presidente de la bancada oficialista, Miguel Carlín.

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