De esta manera quedó firme la resolución de Toloy, pero los abogados defensores del ex gobernador no descartaron realizar un recurso de queja ante la Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia, que es el último estamento al que se puede acudir en la jurisdicción provincial.
Montiel había sido denunciado por el ex fiscal de Estado, Jorge Romero. Luego de su renuncia, tomó intervención la actual titular de la Fiscalía, Claudia Mizawak, como querellante del ex mandatario. En un escrito de 17 fojas, Toloy le imputó a Montiel el delito de violación a los deberes de funcionario, figura prevista en el artículo 248 del Código Penal. Esto se desprende de la falta de publicación en el Boletín Oficial de una ley de la Legislatura, y de hacer caso omiso al mandato de la Asamblea conformada por la totalidad de los senadores y diputados provinciales.
En su escrito, el juez Toloy afirmó que el ex gobernador “violentó gravemente la división de poderes”, al no dar cumplimiento al artículo 135, inciso 2 de la Constitución Provincial, que establece como deber del Poder Ejecutivo la promulgación de leyes.
Contrariando lo que habían señalado los defensores Fermín Garay y Leandro Dato, el juez sostuvo que Montiel “no ejerció un acto de gobierno, salvo que se piense en una monarquía o especie de suma del poder público” y recordó que “los gobernantes deben ser siervos de la ley”.
También sostuvo que en el accionar del ex mandatario “hubo dolo y no se trató de un acto de gobierno”, tomando palabras que la misma defensa había pronunciado pero para sostener lo contrario.
Fuente: Análisis Digital