Condenaron a Taleb a tres años de prisión condicional por enriquecimiento ilícito

En base a fundamentos de la Fiscalía y a pericias que se el Tribunal conformado por Garzón, Giorgio y Malatesta, llegó este lunes a “la convicción por el grado de certeza necesario” para declarar a Raul Abraham Taleb “autor material y responsable del delito de enriquecimiento ilícito de funcionario público” y en consecuencia condenarlo “a la pena de tres años de prisión condicional con inhabilitación absoluta, perpetua y multa de 442 mil pesos y a realizar trabajo no remunerado a favor de una institución de bien público en la municipalidad de Diamante, en razón de cuatro horas semanales”.

También ordenó “decomisar el inmueble de calle de Buenos Aires” de esta ciudad y ponerlo “a disposición del Estado provincial”.

Los fundamentos de la sentencia serán leídos el 26 abril, a las 7:30.

“Siempre tenemos que tomar en cuenta los precedentes, siempre y cuando sean aplicables, en este sentido hemos tomado en cuenta  lo resuelto en la causa Rossi, en la causa Mori, oportunidad en la que comandó el acuerdo Jorge Amilcar García, en su momento vocal de este Tribunal, hoy Procurador, él de manera sólida ha dicho porque en estos casos la pena de prisión efectiva es irrazonable, improcedente”, dijo el Presidente del Tribunal al leer la sentencia.

“Por eso nosotros entendemos que en este caso el pedido efectuado por el Ministerio Público Fiscal (cuatro años), en este caso una pena efectiva, no se ajusta a las pautas de prevención general ni prevención especial, porque más allá de la alarma social ante determinados hechos, nosotros los jueces no debemos guiarnos por eso”.

“No es aplicable una pena de cumplimiento efectivo y valoramos para tal caso atenuantes, como la falta de antecedentes penales, el excesivo proceso que ha llevado 12 años en la causa y la edad del imputado (65 años)”, explicó Garzón.

La sentencia se dictó por unanimidad. El juicio Oral y Público había iniciado el 12 de abril, pero la causa lleva 12 años.

Taleb fue asistido en el debate por los Julio Federik y Luis Stello, abogados defensores, en tanto que por el Ministerio Público Fiscal intervinieron Carolina Castagno y Alejandro Cánepa.

La causa se inició en el Juzgado de Instrucción de la Ciudad de Diamante, a partir de la denuncia del ex legislador nacional Rodolfo Parente, y en la misma participó como Fiscal Gilberto Robledo. En el año 2012 el juez de Instrucción Julián El Alli Obeid dictó el procesamiento del imputado, que luego fue confirmado por la Cámara de Apelaciones.

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