La importancia del fallo dictado por el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y comercial Federación, a cargo del Juez Andrés Manuel Marfil, radica en que se condena al homicida Diego E. Sánchez, y en forma conjunta a sus progenitores Hugo A. Sánchez y Norma S. Pérez de Sánchez, a quienes se considera solidariamente responsables por no impedir que su hijo menor de edad al momento del hecho, causara la muerte de una persona, en el hecho ocurrido el 5 de mayo de 2007 Julio César Ruiz Díaz fue asesinado por Diego Ezequiel Sánchez –por entonces menor de edad- mediante el empleo de arma blanca, y por este hecho el menor fue condenado por la Sala Penal de Concordia, a la pena de diez años de prisión.
Julio Ruiz Díaz era un joven artesano y comerciante, de 35 años a la fecha del suceso, que con su muerte dejó al desamparo a la esposa y tres hijos menores, actuando la cónyuge por sí y sus hijos menores como demandantes y damnificados en el proceso civil, con la representación legal de Wenceslao Santiago y Antonio Mainez.
Que el fallo confirmatorio de segunda instancia rechaza los recursos de nulidad y apelación interpuestos por los demandados, confirmándose de este modo, lo decidido por el Juez de Primera Instancia de Federación.
La sentencia innovadora en cuanto a la magnitud del monto que deben pagar los responsables del hecho y la extensión de la responsabilidad civil a los padres del menor, tuvo gran repercusión en los medios locales, regionales y nacionales, inclusive fue titulo de la portada del diario La Nación, Infobae y otros del día 24 de marzo de 2.012.