Las comisiones de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia y de Legislación del Trabajo de la Cámara de Diputados dieron dictamen al proyecto que establece el régimen especial para personal de casas particulares, iniciativa que había sido enviada al Congreso por el Poder Ejecutivo.
Así, unas 450 mil trabajadoras domésticas, que perciben ingresos que rondan entre $10 y $20 la hora, pasarían a estar encuadradas dentro de la Ley de Contrato de Trabajo, por la cual gozarán de todos los beneficios regulares incluidos en la legislación y, en caso de que no se encuentren encuadradas en un sindicato específico, percibirían la remuneración fijada recientemente para el salario mínimo, vital y móvil, que hoy alcanza los 1.840 pesos. Esta iniciativa busca también lograr la regularización laboral de una porción de trabajadoras que se desempeñan bajo la modalidad de empleo informal, que ronda el 50% del total.
El espíritu de la iniciativa busca “igualar ante la ley a las trabajadores domésticas que hoy por hoy se regían con un estatuto que viene de 1956, y considerarlas como trabajadores con todos los beneficios y obligaciones de la Ley de Contrato de Trabajo”, explica en conversación con Buenos Aires Económico el diputado de Nuevo Encuentro Popular y Solidario Ariel Basteiro.
Este diario accedió a la última medición disponible de la Encuesta Permanente de Hogares (EPH) del INDEC -correspondiente al cuarto trimestre de 2009, realizada sobre un total del 60% de población de Ciudad y Gran Buenos Aires- en la que se indica que sólo un 17,4% de los trabajadores recibe vacaciones pagas, un 17,7% cuenta con aguinaldo, un 15,1% accede a días en caso de enfermedad y un 13,7% cuenta con obra social.
Estos datos no hacen más que reflejar la grave situación de desigualdad que atraviesan los trabajadores domésticos, situación que mediante la normativa se intentaría regular.
Así, se busca que cerca de un millón de trabajadoras domésticas se desempeñen en jornadas laborales de no más de 45 horas semanales y que cuenten con todos los beneficios que indica la Ley de Contrato de Trabajo: descanso el día sábado a partir de las 13; descanso dominical; pago de horas extras por trabajo los fines de semana; vacaciones; días de estudio; reconocimiento de todas las licencias como trabajador. Tal vez uno de los puntos más importantes refiere a la licencia por maternidad, beneficio del que hasta el día de hoy las trabajadoras no gozaban. Asimismo, contarán con acceso a la jubilación, ART y obra social.
Uno de los puntos novedosos a los que hizo referencia en conversación con Buenos Aires Económico el presidente de la Comisión de Legislación del Trabajo, Héctor Recalde, diputado por el Frente para la Victoria, refiere a que se propicie “la igualdad entre los iguales. Hay empleadores/as que a su vez son trabajadores/as; es el caso típico de una mujer que contrata a una empleada y va a trabajar a una oficina. En ese caso, el Estado va a subsidiar y necesitará tener una diferenciación con esa empleadora. Este tema será delegado en Trabajo por las alícuotas y la AFIP, pero éste es el mandato”.
BENEFICIOS. Entre los puntos más relevantes establecidos en el proyecto, el diputado Basteiro destaca que “no existe un mínimo de horas para que el trabajador deba ser contratado, es decir, hasta ahora se consideraba a una trabajadora doméstica en relación de dependencia a aquella que trabajara más de cuatro días o más de cuatro horas por casa. Ahora no hay mínimo, así que por más que trabaje una hora o un día, se le deben reconocer los derechos establecidos por la ley”. Cabe destacar que estas exigencias representan actualmente que casi un 40% de los trabajadores del sector se encuentren fuera de cualquier tipo de protección laboral.
Otro aspecto a destacar refiere a la erradicación del “tribunal especial”, medio a través del cual los empleados domésticos reclamaban por incumplimientos. “No podían litigar en la Justicia, pero este tribunal especial no les garantizaba poder pelear indemnizaciones como cualquier otro trabajador ante la Justicia”, sostiene Basteiro, e indica que a partir de esta iniciativa, salvo los conflictos en marcha, todas estas instancias se van a dirimir en la justicia laboral.
En tanto, se prohibirá la contratación de los trabajadores de 16 años; para quienes tengan entre 16 y 18 años sólo podrán ser incorporados con autorización del padre, lo mismo sucede para los casos de aquellos que se desempeñen bajo la modalidad “cama adentro”. Se determina también que no se podrán superar las seis horas de trabajo diarias, y 36 horas semanales. “Se trata también de un paso adelante para seguir trabajando en las políticas de combate del trabajo infantil”, comenta Basteiro.
OBLIGACIONES. A partir de este nuevo régimen, la figura del monotributo pasará a ser dejada de lado ya que las empleadas domésticas deberán ser incorporadas mediante un contrato laboral con el grupo familiar. Principalmente, su ingreso será definido por el salario mínimo, vital y móvil, que hoy se establece en $1.840, según lo fijado por el Consejo de Salario.
“Se trabajó en que se eliminaran las intenciones de fraude laboral, para esto se toma como empleador al grupo familiar, a fin de que una persona no tenga posibilidad de, siendo pudiente, fraguar la contratación mediante un tercero con el que se haga figurar el contrato de relación de dependencia, porque de esa manera se evaden Ganancias, indemnizaciones o juicios posteriores”, explica Basteiro.
Lo cierto es que para quienes no cumplan con lo establecido por la legislación, o en caso de que se llegase a encontrar una irregularidad frente a la imposibilidad de la aplicación de multas al “contratante”, correspondería al trabajador percibir una doble indemnización.
Mediante la aceptación por unanimidad de los diputados de las comisiones, y tras el debate que próximamente se dará en el recinto, se abre un nuevo panorama que busca “igualdad entre los empleados domésticos, sean hombres o mujeres, pero además tener en cuenta que los empleadores también son trabajadores”, concluye Recalde.