La semana pasada declaró el principal acusado, Maximiliano Gigena y reconoció haber apuñalado a López para defender a su mujer. Esa confesión sumada a las testimoniales de los tres menores que declararon en Cámara Gesell, eliminan a Guibaudo del lugar del hecho y justifican la agresión que profiriera Carina Ventos a la victima Marcelo López con un palo, ya que aplicando el principio de legitima defensa, un palo es un arma de muchísimo menor poder destructivo que un cuchillo, máxime tomando en cuenta la contextura física de López. Además en cuanto a Gigena, quien reconoció el hecho en esas circunstancias y se mostró arrepentido, la versión de la defensa lo ubica como un autor de un homicidio con exceso en la legítima defensa. Lo que podría suponer penas de hasta 6 años de prisión.
Si bien las versiones del imputados y los menores podrían ser catalogadas por parciales, al surgir del riñón de los imputados y su circulo más cercano, la reveladora testimonial del comisario Pedro Moyano, ex jefe de la Comisaría Primera, también puso en jaque a la parte acusadora, ya que el uniformado reconoció que el día siguiente al homicidio tuvo a concurrir a la vivienda de Carina Ventos a rescatarla de una turba de vecinos que la estaba apaleando, a ella y otras dos mujeres y que tras prenderle fuego la casa intentaron meterla adentro para que muriera calcinada. “si llegaba cinco minutos más tarde la encontraba muerta” relató Moyano tras lo que recordó que un oficial que lo acompañó en ese operativo oyó que uno de los hostigadores gritó “soy el cuñado del chico que mataron ayer”, cosa que consta en el acta policial de fecha 10 de febrero.
Asimismo, cuando los Defensores le preguntaron al oficial porqué no se investigó ese hecho, que es claramente una tentativa de homicidio, el uniformado señaló que el fiscal no se lo había ordenado y el por su parte no investigaría el hecho porque no halaría testigos que quisieran declarar.
El defensor oficial Alejandro Giorgio, dejó entrever que las sospechas de la defensa apuntan a que el Fiscal no investigó ese hecho porque algunos de los agresores y que incendiaron la casa de Carina Ventos son testigos de la parte acusadora. Entre ellos el cuñado al que se hace referencia, que sería el testigo Dalmao.
Además, Moyano contó que al día siguiente se realizó una reunión de seguridad en el barrio, la mayoría de los presentes le reprochó haber salvado a la mujer: “la hubieras dejado que la maten decían”.
Consultado por la defensa, Moyano relató que su respuesta a esos vecinos fue que la justicia la hacían los jueces y que si querían justicia fuera a declarar como testigos, y que al día siguiente se presentaron algunos de ellos a testificar.
Este antecedente desbarata los testimonios, por su marcada parcialidad, que está reñida con las generales de la ley.
Esta revelación no solo pone en la mira al fiscal Darío Mautone, sino además, y particularmente, a los principales testigos del caso. Que son sindicados como “truchos” por la defensa. En estos términos, los alegatos de mañana versarán sobre dos hechos totalmente distintos, pero estarán hablando del mismo. Lo que estará en disputa será la cuestión material de un hecho que según las distintas testimoniales que DIARIOJUNIO pudo oír durante el juicio, podría ir desde una legitima defensa hasta un homicidio casi calificado, sin escalas. El caso abre un debate medular en la administración de la justicia penal, y plantea interrogantes al parecer no del todo contestados en la practica cotidiana de los funcionarios de ese poder. ¿Hasta dónde puede llegar el Estado en su rol acusador con el fin de impartir justicia? ¿Es el Ministerio Público Fiscal un órgano de la Justicia o un órgano de Seguridad? o peor aún de contención social? ¿Es la Justicia un derecho para todos, o solo para los que logran hacer la presión suficiente, por los medios que fueran necesarios? Las respuestas de manual ya las conocemos. Pero en la práctica cotidiana, en el barro de todos los días, la cosa puede que sea distinta.