Como forma de respaldar su posición, el presidente del bloque radical, Fabián Rogel, trazó una comparación entre el trato que recibieron los bancos con el 1 a 1 tras la ley de la convertibilidad y el que recibirán ahora los intendentes.
«Te solucionamos el tema si desistís. Esto es un acto extorsivo» aseguró en alusión a la cláusula que obliga a los intendentes a renunciar a las acciones judiciales emprendidas para acceder a la refinanciación.
Dijo que el bloque apoyará el proyecto por un pedido expreso del Foro de Intendentes, no sin antes anticipar que la ley «no se puede vender como un salvataje» porque en ella «no hay ningún atenuante» para los municipios.
Bahillo, en tanto dijo que la iniciativa «no es lo ideal pero va de la mano con lo posible» y luego de detallar aspectos vinculados a los vencimientos y cuotas pendientes de pago, remarcó que con este proyecto se flexibilizan las posibilidades de la comuna en cuanto a la cantidad de cuotas que deberán abonar.»La única certeza es que a 2010 estos créditos deben estar abonados», concluyó.
El proyecto prevé la refinanciación de las deudas acumuladas hasta el 31 de diciembre de 2006, mediante la celebración de convenios individuales y voluntarios. El monto determinado como deuda consolidada en pesos podrá cancelarse en un máximo de 84 cuotas mensuales a partir del mes de enero de 2008 y con un interés sobre saldos del 6% nominal anual.
Para ingresar en este programa, los municipios con acciones judiciales iniciadas deberán desistir de las mismas y en general se exigirá una evaluación de la capacidad de repago de las obligaciones y un seguimiento de la evolución de sus finanzas durante el periodo de tiempo establecido para la reprogramación de la deuda.
Según se consignó oficialmente, el préstamo original tomado por la provincia de Entre Ríos fue de 25 millones de dólares, y en el periodo desde 1997 al año 2002 se otorgaron subpréstamos a 40 municipios que destinaron dichos fondos a la compra de maquinarias y obras de asfalto.
Por aquellos años, la ley de convertibilidad fue derogada, regía la Ley de Emergencia y Reforma al Régimen Cambiario, y los municipios no pudieron continuar con los pagos regulares ya que los mismos se realizan en dólares al valor del cambio del momento de liquidación. Al inicio de esta gestión, el 90% de los 40 municipios se encontraban con deudas acumuladas durante los años 2002 y 2003, a los cuales se suman semestralmente los vencimientos del programa que culmina en el año 2010.