Al respecto, la Presidenta expresó que “Más que una política de Estado, Progresar es un proyecto de vida para todos los argentinos. Es un programa de respaldo a los estudiantes de la República Argentina. Lo pudimos hacer porque contamos con los recursos, pero quiero aclarar que no lo financia la Anses, lo financia el Tesoro Nacional”.
Luego, agregó: “Estamos consolidando un sistema de seguridad social sin precedentes y que reconoce al sujeto humano desde la concepción hasta los 24 años. La única condición que les exigimos es que estudien. Para que se inscriban, tendrán que hacerlo a través de la Anses, porque cuenta con una logística que abarca el ámbito nacional”.
REQUISITOS
-Jóvenes de 18 a 24 años inclusive.
-Argentinos nativos o naturalizados con el DNI. Se deberá acreditar 5 años de residencia en el país.
-Jóvenes sin empleo, con empleo informal o formal con ingresos menores al salario mínimo, vital y móvil ($3600).
-El grupo familiar debe cumplir las mismas condiciones del joven (padre, madre, tutor o pareja conviviente).
PASOS PARA ACCEDER AL DERECHO
1.Inscribirse en la Anses, a través de esta página, o presentarse en las delegaciones de atención del organismo.
2.Presentar el formulario de escolaridad, el DNI y los datos personales y de la familia. Si el joven tiene hijos, podrá solicitar asistencia de guardería infantil ante el Ministerio de Desarrollo Social de la Nación.
3.El joven recibirá por parte de la Anses un SMS o un correo electrónico en el que se le informará si cumple con los requisitos y el banco en el que percibirá la prestación. Esta información también estará disponible en la sección MI ANSES.
4.Los jóvenes tendrán una tarjeta de débito de cuenta gratuita a través de la cual percibirán este derecho.
EL PAGO:
El monto de la prestación es de $ 600. Se paga el 80% ($ 480) a partir de la inscripción y se retiene un 20%($ 120) todos los meses. En los meses de marzo, julio y noviembre de cada año el estudiante debe presentar un certificado que acredite que sigue estudiando. Cada vez que se lleva un certificado, se paga el 20% retenido en el cuatrimestre.
EL BENEFICIARIO PÉRDERA EL BENEFICIO SI…
a. No sigue estudiando. Si se deja de presentar un certificado escolar de los requeridos en marzo, julio y noviembre, se deja de cobrar.
b. No cumple con el control anual de salud que regulará el Ministerio de Salud.
c. Ingresa en alguna condición de incompatibilidad.
• SIN DERECHO AL PLAN
a. Ingresos superan el salario mínimo, vital y móvil (SMVM).
b. Los ingresos de padres superan el SMVM (se suman ambos).
c. Si vive en pareja, se consideran los ingresos del esposo/a o conviviente y no deben superar en conjunto el SMVM.
d. Cobra un plan social.
e. Si el interesado o sus padres o su cónyuge/conviviente perciben una jubilación o pensión (contributiva o no contributiva), sean éstas nacionales, provinciales o municipales, superiores al SMVM.
f. Para el caso de los autónomos y monotributistas se considera la renta fijada por la AFIP a partir de la cual se realiza el aporte o la facturación prevista para el monotributista.
h. Cumple 25 años.