En el texto del CAECH que lleva la firma de su presidente, el empresario farmacéutico Esteban Chichizola, se expresa que “dicha rotonda en la actualidad se encuentre en un estado de importante deterioro a poco de se pues en funcionamiento (hace menos de 3 años)”. Critica también que los guarda-rail “no están convenientemente pintados como para que los que circulan por la ruta 127 puedan verlo con la debida antelación”, y que “los carteles que dan cuenta de la existencia de dicha obra, ubicados a ambos lados (N-S) de la ruta nacional se encuentran muy próximos a la rotonda, lo que hace muy dificultosos poder prepararse para acceder a ella”.
En la misiva tambien se habla de “iluminación en extremo deficiente, siendo algunos días, totalmente nula”, detallando que “hace ya largo tiempo que solo cuenta con dos luminarias funcionando”.
Vale recordar que el 27 de octubre de 2003, un colectivo de pasajeros de larga distancia chocó contra un camión cargado con garrafas de gas envasado en el lugar, como consecuencia de la falta de iluminación. El micro de la empresa BTAC había partido de San Nicolás, levantando pasajeros en Rosario y Paraná. El camión iba cargado con garrafas, por lo que se produjeron una gran cantidad de explosiones.
El camión transitaba por la ruta 2 que une Chajarí con Feliciano, cuando el colectivo, que iba por la Ruta Nacional N° 127 impactó de lleno en medio del vehículo que llevaba cargadas entre 200 y 300 garrafas de 10 y 15 kilos.
El hecho ocurrió una hora después que el pasaje había cenado y al momento de incendiarse los dos rodados, las garrafas comenzaron a explotar, lo que magnificó las llamas e hizo que ambos quedaran reducidos a cenizas.
A raiz de esto, se conoció luego que la firma Hidrolex, que tenía que hacer la iluminación del área, para lo cual cobró un cheque de 32 mil pesos proveniente de un ATN, nunca la concretó. Por ello, en diciembre de 2005, la Cámara del Crimen de Concordia, integrada por Patricia Pérez, Mariela Rojas y Miguel Giorgio encontró culpables del delito de fraude a la administración pública y condenó a Juan José “Mugriti” Luna y Antonio “Pacha” Alalí “a la pena de dos años y seis meses de prisión condicional”; y a Luis “Chiquito” Goy a “la pena de tres años de prisión condicional e inhabilitación especial perpetua para ejercer cargos público”. Tiempo después, tras una audiencia de casación que había sido solicitada por la defensa de los tres los integrantes de la Sala Penal, resolvieron “rechazar los recursos de casación interpuestos en autos contra la sentencia y, en consecuencia, la misma queda confirmada”.