Asimismo, también incorpora al Código Penal el articulo 94 bis creando el tipo de lesiones culposas con automotor, con penas de 10 meses a 3 años, más inhabilitación de 2 a 4 años para conducir. Si las lesiones fueran graves o gravísimas el texto agrega como agravantes las figuras de conducción imprudente, fuga u omisión de ayuda, más de 1 gramo de alcohol en sangre, estupefacientes o más de 50 kilómetros por encima de la velocidad máxima.
“Era fundamental que el Parlamento diera una solución normativa a una problemática que preocupa a la sociedad en general y a los familiares de las víctimas de accidentes viales en particular”, expresó Guastavino.
De la reunión formaron parte directivos de la Asociación Madres del Dolor y familiares de víctimas, que apoyan y promueven la aprobación del proyecto de ley.