En ese sentido y tal lo estipulado en el decreto de adhesión, se conformará un Comité Censal, que estará integrado por los ministros de Gobierno, de Economía y Hacienda y de Salud y Acción Social, además del secretario de la Producción en orden a su incumbencia. La coordinación ejecutiva del Comité estará a cargo de la directora de Estadística y Censos de la provincia y sus funciones, que están determinadas en el decreto, tienen que ver con la organización de todo el trabajo.
Ayer se realizó una primera reunión, coordinada por el Ministerio de Economía, Hacienda y Finanzas, de la que participaron funcionarios y técnicos de la Secretaría de la Producción y de la Dirección de Estadística y Censos. “Se acordó comenzar a trabajar sobre los distintos requerimientos en materia de recursos, básicamente los humanos, ya que debemos conformar todo un equipo de supervisores y censistas, además del responsable máximo del operativo”, puntualizó Valiero.
Según detalló, “los censistas y encuestadores deben distribuirse en todo el territorio provincial a los efectos de la realización de este trabajo, que se hace en el campo y tienen que visitar los establecimientos, lo cual implica la búsqueda de personas que tengan experiencia y conozcan de la actividad”. Asimismo, agregó, “se deberá preparar una capacitación y fundamentalmente los supervisores deberán ir a Buenos Aires, porque luego tendrán que formar su grupo de trabajo interno”.
El ministro indicó que “hay tareas de apoyo que se tendrán que realizar desde la Secretaría de la Producción y del Ministerio de Economía, pero también se dispuso que las fuerzas de seguridad colaboren en el operativo. Tenemos previsto también que participen las escuelas agrotécnicas, por el aporte que pueden brindar en cuanto a conocimientos y afectación de recursos”.
“La idea es que se pueda cumplimentar el objetivo del censo en tiempo y forma, de manera tal de poder obtener una información que va a actualizar la situación de 2002, cuando se realizó el último censo, y que resulte válida para la toma de decisiones. Además, permitirá tener conocimiento con mayor profundidad de toda la perspectiva agropecuaria, en este caso de la provincia”, subrayó Valiero.
Finalmente, adelantó que para este viernes está previsto un nuevo encuentro, del que participarán el ministro de Gobierno, Adán Bahl; un representante de la Policía; algún funcionario del Consejo General de Educación relacionado con las escuelas agrotécnicas; personal de la Secretaría de la Producción y un representante del Ministerio de Salud y Acción Social.
El decreto de adhesión al Censo
Mediante decreto 2063, de fecha 23 de abril, el Poder Ejecutivo provincial formalizó su adhesión al número 1764 del gobierno nacional, que dispuso la realización del Censo Nacional Agropecuario y los declaró de interés.
En ese marco, por la misma norma se creó el Comité Provincial del Censo Nacional Agropecuario, que tendrá a su cargo la coordinación del operativo censal, con el fin de lograr una eficiente colaboración de los distintos organismos provinciales. Dicho comité deberá constituirse dentro de los 30 días y será presidido por el ministro de Economía, Hacienda y Finanzas e integrado por el ministro de Gobierno, Justicia, Educación, Obras y Servicios Públicos; el ministro de Salud y Acción Social; el secretario de la Producción, o los representantes que éstos designen a tales efectos, actuando como secretario ejecutivo del Comité Censal provincial, la directora de Estadística y Censos.
Además, se aclara que “el Comité dispondrá la convocatoria o incorporación como apoyo a otros funcionarios o empleados provinciales, a fin de dar prioridad a las tareas censales”.
Entre las atribuciones del secretario ejecutivo del Comité están: dirigir y coordinar la ejecución de las tareas del Censo; suscribir convenios y contratos ratificados por el ministro de Economía, para la ejecución de obras y trabajos en general, y la prestación de servicios relacionados con el operativo censal, distribución de los cuestionarios, planillas, credenciales, cartografía, así como todo lo necesario para el eficaz cumplimiento del operativo; supervisar las actividades de relevamiento del censo; conformar un equipo de trabajo con personal dependiente de la Dirección de Estadística y Censos y/ o de otras áreas de la Administración Pública; asegurar asistencia técnica para el desarrollo de una capacitación específica y homogénea del personal afectado al operativo censal en todo el territorio provincial, etc.
Por otra parte, se indica que “la Dirección de Estadística y Censos fijará las pautas a seguir para asegurar la ejecución del Censo Nacional Agropecuario en la provincia de Entre Ríos, teniendo además a su cargo la planificación, organización, realización y supervisión del operativo censal que comprenderá el conjunto de tareas precensales, censales y post-censales”.
Se aclara, además, que “la afectación al Censo de funcionarios o empleados provinciales significa que estos deberán otorgar prioridad al cumplimiento de las tareas censales, debiendo sus superiores jerárquicos adoptar medidas de excepción, a fin de relevarlos de sus funciones mientras dure la afectación”.
Otras disposiciones son: que el Ministerio de Economía tendrá a su cargo la asignación de la cantidad de horas censales a los agentes afectados; que los trámites y presentaciones necesarios para llevar a cabo el Censo quedan calificados como prioritarios y que los procedimientos y propósitos del relevamiento deberán ser difundidos por todos los medios de comunicación, con el objeto de lograr una mejor participación de los sectores involucrados.
También se establece que “las fuerzas policiales, como así también las autoridades superiores de todos los organismos de la Administración Pública, de manera especial los relacionados con el sector agropecuario, deberán prestar a las autoridades censales su máxima colaboración al operativo censal, mediante el aporte de los recursos humanos y materiales que dispongan.
En cuanto a las personas que se designen para realizar las tareas pre-censales, censales y post-censales, tendrán las responsabilidades especiales previstas en la Ley Nacional N° 17622 y provincial 8910, debiendo respetar el Secreto Estadístico. Como consecuencia de ello, los agentes sólo podrán renunciar o abandonar las tareas del Censo por razones de enfermedad o fuerza mayor debidamente documentada y justificada.
Se aclara, por otra parte, que “los responsables de las unidades de cualquier conformación jurídica o de hecho dedicados a la actividad agropecuaria de la provincia que no suministren en término, falseen o produzcan omisión de la información solicitada incurrirán en infracción y serán posibles de multas”.
A la vez, se hace saber que la “información que se obtenga en el relevamiento del Censo Nacional Agropecuario será utilizada por los integrantes del Sistema Estadístico Nacional (SEN), exclusivamente para los fines enunciados en la Ley Nacional N° 17622 y provincial N° 8910, quedando amparada en consecuencia por el Secreto Estadístico.
Respecto a los gastos que demande este operativo censal, en sus tres etapas, se atenderán con las partidas específicas que se implementarán en el presupuesto provincial vigente del año 2008 y con recursos derivados de los convenios que se suscriban entre la Nación y la provincia de Entre Ríos.