.En ese contexto, se advierte que, de acuerdo a la Ley 17.622 de 1968, se aplicará un castigo o pena económica a quienes “no suministren en término, falseen o produzcan con omisión maliciosa las informaciones necesarias para las estadísticas y los censos”.
El cuestionario cuenta con 61 preguntas divididas en dos áreas: Una indaga sobre datos personales y la otra sobre las condiciones de la vivienda. Están incluidas nuevas preguntas que buscarán reflejar mejor la actual coyuntura social.
Actividades prohibidas en días de censo nacional
Por ley se declaró el día del censo como feriado nacional, pero además se prohibieron algunas actividades. Quedan prohibidas hasta las veinte horas del día indicado para la realización del censo las funciones teatrales, exhibiciones cinematográficas, competencias deportivas y en general toda clase de espectáculos y reuniones públicas al aire libre o en recintos cubiertos.
Además, los restaurantes, confiterías, casas de expendio de bebidas y similares, rotiserías, panaderías y en general todo comercio de venta de artículos alimenticios y de bebidas y clubes, permanecerán cerrados hasta la hora indicada. Para quienes tengan que trabajar, «los efectos salariales será de aplicación la legislación vigente en la materia para los días declarados feriados nacionales». Se establece también que «toda infracción a lo dispuesto en los artículos precedentes será sancionada de acuerdo con las normas en vigencia relativas al trabajo en el día feriado».
Multas a quienes no participen del censo
De acuerdo a la Ley 17.622 de 1968, se aplicará un castigo o pena económica a quienes “no suministren en término, falseen o produzcan con omisión maliciosa las informaciones necesarias para las estadísticas y los censos”.
En esos casos, se fijó una multa cuyos valores mínimos y máximos se actualizan semestralmente. La última actualización de los montos fue publicada el 22 de febrero de este año en el Boletín Oficial y estipula una multa mínima de $ 1.076,36 para los que no respondan o mientan en el censo, mientras que la penalidad máxima puede alcanzar los $ 106.799,35, según lo dispuesto por el organismo en la resolución 25/2022.