Causa Waigel: aparecen pruebas contra la familia y profesionales de Paraná y Crespo

Ante esto, el Procurador General del Superior Tribunal de Justicia, Jorge García, informó: “Creemos que la resolución donde se determinará si hay elementos suficientes para continuar la investigación e ir a juicio, no se dilatará demasiado. El juez (Elvio Garzón) deberá evaluar si existen indicios concretos de probabilidad delictiva o no, para lo cual el plazo está determinado en días por el Código Procesal Penal, contándose a partir de la última declaración del acusado. Siempre puede haber prórrogas, pero son cercanas en el tiempo”.

Por otra parte, en cuanto a los avances que ha tenido el expediente en los últimos días, a partir de la excarcelación bajo el pago de la caución de cinco de los imputados, mientras que otros tres permanecen con detención domiciliaria, el procurador García señaló a El Observador: “Se han llevado a cabo todos los actos vinculados con la continuidad de la etapa instructora, que comienza en las falencias e insolvencias provocadas, las maniobras simuladas, la creación de sociedades ficticias, todo lo cual está siendo objeto de nuestra requisitoria fiscal de investigación. Esta causa tiene fundamentalmente situaciones que pasan por lo documental. Hay todo un trabajo que se ha hecho desde la Sindicatura que interviene en la quiebra, donde se ha recabado documentación para verificar todos estos traspasos y maniobras de afectación a las masas de fraude”.

“Próximamente vamos a llamar a algunas víctimas también, para terminar de armar la imputación para ir a juicio. Lo que vamos a investigar después de que conectemos la prueba documental entre sí, tiene que ver con escrituras y actas de sociedades ficticias. De allí surgirá la vinculación de personas que han intervenido como cómplices necesarios”, alertó el funcionario judicial.

Al respecto, remarcó que “existen dos clases de intervenciones en este tipo de hechos delictivos: están aquellos que tienen que ver con la calidad de comerciantes, de integrantes de las sociedades llevadas a la quiebra, que son los que deben responder en un sentido de delito propio. Los ex directivos reúnen esta calidad de autores. Después, están todos aquellos que han intervenido, pero que no integraban el directorio ni recaía sobre ellos la personalidad directiva de la empresa, entonces se consideran cómplices necesarios y eventualmente cooperadores secundarios”.

Prisión domiciliaria. De los ocho imputados, tres se mantienen con la prisión domiciliaria por ser mayores de 60 años.

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