Para resolver en la causa “VIERA, Liliana Noemí c/Municipalidad de Concordia S/ ACCION DE AMPARO”, el tribunal se basó en el trabajó del Fiscal Adjunto del Superior Tribunal, Dr. Jorge Beades, afirmando que la vía de amparo judicial no puede prosperar cuando la causa ya fue abordada en otra instancia, lo cual efectivamente ocurrió, porque en su momento se planteó “un reclamo por ante el Concejo Deliberante”, sugiriendo el STJ que al haber planteado su primer descargo “en ese ámbito”, corresponde que sea allí “donde la demandante debe proseguir y agotar el trámite que fuera iniciado,. de conformidad al procedimiento que las normas del derecho público ponen a su disposición”. Agregando que podría “incluso -a modo de ejemplificación- plantear los recursos que estime pertinentes y que sean idóneos a los fines de obtener un pronunciamiento definitivo y causatorio de estado que le posibilite el acceso a la jurisdicción, todo ello a los fines de obtener el reconocimiento de los derechos que estima le fueron lesionados”.

Redacción
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