LOS ALEGATOS DEL FISCAL Y LOS DEFENSORES
Durante un extenso alegato de casi dos horas, la Fiscalía solicitó 25 años de prisión para Laureano Picazzo, por considerarlo autor material del asesinato de Darío Ferrer, ocurrido el 18 de febrero en Concepción del Uruguay. Asimismo, requirió cinco años de cárcel para Sergio Debrabandere como responsable de robo calificado por uso arma de fuego en calidad de partícipe secundario.
“Todo este marco, con el grado de certeza, permite establecer que Picazzo fue el autor del homicidio en ocasión de robo, condujo el hecho, lo planificó, consiguió el arma y buscó alguien que lo acompañara”, destacó Fernando Lombardi.
El fiscal indicó que para ese Ministerio, la motivación fue el robo y por eso se ejerció violencia, considerando que no hay un propósito voluntario y consciente de causar la muerte con esa finalidad en especial.
“Estoy convencido que Debrabandere intervino de forma ocasional, ya que cuando Picazzo fue al lavadero, nadie aceptó y él fue para agradar o ganar amistades. Es partícipe quien no domina el hecho y eso está claro en esta caso, ya que quedó involucrado de manera involuntaria en lo sucedido”, afirmó el letrado.
Además, indicó que Debrabandere solo condujo el rodado, esperó y escapó, conociendo lo que pasaba y confesó que se puso nervioso al escuchar el tiro y escapó rápidamente ante el pedido de Picazzo, considerando esto como un aporte secundario y no debe responder por la muerte de Ferrer, sino por el desapoderamiento del cual fue víctima Darío.
QUERELLANTES
A su turno, los querellantes Sebastián Arrechea y Félix Pérez discreparon con el fiscal, y afirmaron que Debrabandere fue partícipe primario del asalto al comerciante, ya que repartieron roles en el hecho. En este sentido, acusaron a los dos imputados como coautores de este delito, pero solo a Picazzo por el asesinato.
En este sentido, pidieron al Tribunal que condene a Debrabandere a seis años de prisión por robo calificado, y que sentencie a Picazzo con la máxima pena, la prisión perpetua, por homicidio Criminis causae, en concurso real con robo calificado por uso de arma.
DEFENSORES
El defensor de Picazzo, Adrián Cabrera, afirmó que no hay certeza de la participación del imputado en el grave hecho, ya que no existen elementos objetivos en la causa que acrediten su presencia en el lugar. En este sentido, dijo que las pericias y análisis de los rastros no indican que Picazzo haya estado en el lugar del crimen de Ferrer, además de que la investigación no logró encontrar el arma de fuego con que se asesinó al comerciante.
Por esto pidió para su defendido la absolución de culpa y cargo.
Finalmente, el abogado defensor de Debrabandere, Alfredo Vitale, reclamó la absolución o la suspensión del juicio a prueba. El argumento del letrado fue que el acusado no tuvo consentimiento con el asalto perpetrado por su compañero, quien se bajó de la moto y luego mató a Ferrer. Además, consideró que su defendido es influenciable en sus conductas, por lo cual, por esta causa, no debe ser acusado como partícipe de un robo con el que no tuvo nada que ver.