La fiscal estableció el carácter de servicio público a la disposición de residuos en el campo del abasto, y para hacerlo tomó de ejemplos, el caso de la educación pública gratuita y del sistema de salud publico, también gratuito y universal.
Como es condición necesaria para condenar a los imputados demostrar que estos eran concientes de que estaban cometiendo un delito, dado que no existe para el delito de incumplimiento de los deberes de funcionario público, el “dolo eventual”, la fiscal pasó a describir la formación académica de los acusados, argumentando con el nivel de estudios cursados, o con los años de desempeño en la función pública, el conocimiento de las normas, y agregó además que es obligación de los funcionario, informarse de sus obligaciones y facultados, y prepararse para ejercer sus funciones con idoneidad.
Asimismo, Fonseca resaltó que de acuerdo a los testimonios del personal técnico de la comuna, “no se pidieron informes administrativos formales a las áreas afectadas como medio ambiente e inspección general, o al equipo legal del municipio”
En cambio, la defensa de los acusados explicó que la Ley Nacional Nº 25.916 (Residuos Sólidos Urbanos) no está vigente en Entre Ríos. Los ex diputados Jorge Busti, Juan José Jodor, Lidia Nogueira y Santiago Bescos contestaron por oficio y disintieron entre sí. “Dos dicen que no está vigente, otro que podría estar vigente y otro que está vigente”, indicó el abogado Alejandro Giorgio hace pocos días. Por lo tanto, ante las contradicciones de los propios legisladores, los abogados directamente alegaron que la norma no está vigente y, por lo tanto, no es un servicio público.
Al mismo tiempo, Giorgio aseguró que, de estar vigente la ley, hubo una “mala interpretación” de la misma. “Esa ley no habla de servicio público sino de presupuestos mínimos. Lo que hizo el Congreso nacional es regular los presupuestos mínimos y nada más”, dijo. Como ejemplo, mencionó que la ley establece que la gestión integral de residuos domiciliarios se compone de siete etapas. La primera es la gestación. “Es lo que cada uno en su casa genera y lo saca a la calle en una bolsa. Hice un supuesto burdo diciéndole que no es un servicio sino cada uno tenemos que hacer una licitación, es un absurdo”, indicó.
Respecto del dolo, Giorgio explicó que para ello se requiere que la fiscal demuestre que al momento en que los funcionarios firmaron el decreto y los concejales que avalaron la ordenanza “tenían conocimiento de que se trataba de un servicio público y quisieron violar la ley”. En ese supuesto, los acusados debían saber que tenían que efectuar el procedimiento de licitación pública previa a la firma del convenio y de la aprobación de la ordenanza. Pero Giorgio sostuvo que todos los abogados que intervinieron declararon descartando que se haya tratado de un servicio público.
En tal sentido, el letrado aseguró que a través de los testimonios y demás pruebas, es que, en el peor de los casos, hubo un “error”. “Y ese error excluye al dolo directo porque la figura penal establece que tiene que haber conocimiento de que se trataba de un servicio público. No se demostró el dolo directo”, dijo. Por lo tanto, solicitó la absolución en ese punto.
Asimismo, Giorgio explicó que los acusados hicieron la consulta pertinente a los abogados. En consecuencia, “el dolo no es de ellos: es decir actuaron por un consejo mal dado”. Como ejemplo, mencionó que un padre de familia concurre a un médico para atender a su hijo que está grave. El médico le receta una pastilla que provoca la muerte del niño a los pocos minutos. Un fiscal le imputa al padre el delito de homicidio doloso por haber matado a su hijo. Giorgio explicó que el acusado puede alegar que no es médico y que actuó aconsejado por un profesional de la salud. “Si alguien se equivocó, no fue él”, dijo en referencia al ejemplo.