Sánchez venía circulando de norte a sur por Eva Perón. “La fiscalía y la querella sostuvieron que no hay ninguna duda de que del accidente el responsable es Sánchez por haber invadido el carril contrario haciendo una maniobra de giro a la izquierda”, dijo Perroud. En cambio, la defensa alegó que no estaba “acreditado con certeza” que el conductor del Clío haya querido torcer hacia la izquierda. Es más, Sánchez no declaró en el debate efectuado ayer pero en su declaración indagatoria dijo que no intentó cruzar la avenida.
En ese sentido, Perroud aseguró que los elementos con que se cuentan son: una pericia accidentológica y un par de testigos. Respecto de los testigos, sostuvo que uno fue incorporado ahora “dos años y medio de transcurrido el hecho”. Además, expresó que ambos sitúan al accidente en diferentes lugares “en orden al impacto” y la pericia en un lugar diferente al de los testigos.
Además, sostuvo que el Juzgado debe tener en cuenta el punto en el que la moto impactó al auto para establecer la responsabilidad del conductor. El impacto se produjo en el frente del auto, del lazo izquierdo. “A mi no me termina de cerrar la explicación del perito porque el impacto está bien en el frente del lado izquierdo y evidentemente el cuerpo golpeó contra el parabrisas”.
El lugar donde impacta Camargo es otro de los puntos que tomó la defensa para alegar que Sánchez no había doblado. “Por una cuestión inercial pudo haber sido un impacto como el que relata Sánchez: de frente, golpea contra el parabrisas y luego es despedido”, explicó Perroud.
Incluso, cuestionó la validez de la pericia porque el perito “admitió ayer que no fue al lugar del hecho; que no vio los vehículos en forma personal sino que vio algunas fotografías; que una frenada que se supone que es de la moto y que es la que a él le permite sostener donde habría ocurrido el impacto tampoco la vio personalmente”. Además, sostuvo que tenía dudas de que esa frenada corresponda al accidente. “Sin esa frenada, la secuencia del perito no tiene ningún asidero”, expresó.
Asimismo, el informe planimétrico que tiene la firma del perito no fue realizado por el mismo sino que lo había efectuado un agente de policía. “Nosotros decimos que se recoge información de una fuente que no es demasiado ‘confiable’ por decirlo de alguna forma”, dijo el letrado. “Esto lo he visto en otros procedimientos y me parece que es algo totalmente irregular porque, no estoy diciendo con esto que un agente no tenga idoneidad para hacerlo, ¿para que está al perito?”, se preguntó.
En cuanto al estado de alcoholismo de Sánchez que quedó asentado en la causa, el defensor aseguró que tenía 0,52 g/l. “Eso equivale a un vaso de cerveza”, indicó. El límite es 0,50 g/l “¿Qué incidencia puede tener 0,2 g/l por encima del límite permitido? Para mi no tiene ninguna incidencia”, sostuvo.
No obstante, teniendo en cuenta el tiempo transcurrido entre el análisis y el accidente, el fiscal estimó que al momento del choque Sánchez tenía 1,5 g/l. “Al margen de que eso pueda ser correcto desde el punto de vista teórico, hay que tener en cuenta un montón de variables para definir si una persona está ebria o sobria”, explicó Perroud. Entre ellas, señaló que los testigos no vieron en estado de embriaguez al conductor del Clío. Y que Sánchez en persona debió manejar el vehículo hasta la Comisaría 4º “Evidentemente no pudo estar alcoholizado”, alegó el abogado.
Por último, Perroud explicó que el pedido de una probation requiere el consentimiento del fiscal para que sea concedida debido a que el delito contempla penas de prisión efectiva. Pero el fiscal Mario Guerrero la rechazó debido a que iba a solicitar una pena de más de tres años. El fallo se dará a conocer el martes que viene, a las 10.