Caso Alanis: El fiscal pidió 25 años de prisión para cada uno de los imputados

A lo largo de su exposición Guerrero señaló aspectos puntuales de la prueba objetiva y subjetiva, y fue contrastando cómo coincidían los testimonios de los testigos con la prueba material obtenida.

En ese sentido, señaló que el ángulo de proyección de la bala que le dio muerte a Esteban Alanis (de derecha a izquierda y de arriba hacia abajo) coincide claramente con los dichos de los testigos, que señalan que Galeano estaba a la derecha de la victima y que disparó con su brazo derecho.

Además, recordó que a Galeano le había dado positivo el dermotest, y señaló en cuanto a Ramírez, que su participación fue absolutamente necesaria para la comisión del hecho ya que llevó en moto a Galeano sabiendo que portaba un arma y además lo ayudó a salir del lugar intentando incluso intimidar a los testigos.

Además, el fiscal señala que si bien el hecho encuadra claramente en el delito de Homicidio en Ocasión de Robo; rayano con la figura de homicidio calificado por alevosía, ya que puede verse claramente como Galerano actuó sobre seguro, asesinando a Alanis por la espalda cuando este intentaba escapar.

No obstante, el fiscal entendió que no contaba con todos los elementos subjetivos para encuadrar en hecho en ese artículo del código penal, pero señaló la cuestión para que se comprenda la gravedad de lo ocurrido.

En esa línea, Guerrero señaló que buscaba atenuantes y no podía hallar ninguno, atento a la gravedad del hecho cometido. Y solicitó al tribunal, integrado por los vocales, Silvina Gallo, Patricia Pérez y Marcelo Garay; que se declare a Abel Galeano, de 20 años, autor material y penalmente responsable del delito de Homicidio en ocasión de Robo, y al imputado Juan Ramón Ramírez, de 25, como participe necesario del mismo hecho, ambos a la pena de 25 años de prisión efectiva; la máxima establecida para ese delito.

LA DEFENSA
La Defensa por su parte planteó una presunta violación al derecho de defensa, señalando que no le habían permitido introducir prueba nueva, tal cual lo informó ayer DIARIOJUNIO, por la extemporaneidad del pedido, pero que el letrado entiende como una resolución arbitraria y por ello recurrirá en casación. Apoyado en este reproche, Díaz Vélez solicitó la absolución de los imputados y subsidiariamente planteó que en caso que no se le hiciera lugar, se considere el hecho como homicidio culposo, es decir no doloso o accidental, sosteniendo que a Galeano se le pudo haber escapado el tiro.

La sentencia se conocerá el próximo 22 de agosto a las 7.30 de la mañana

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