La Cámara de Casación Penal de Paraná, integrada por Hugo D. Perotti, Rubén Chaia y Marcela Davite, dio a conocer en el mediodía de ayer la sentenci correspondiente a la causa caratulada como "Roldán Osvaldo Andrés – Homicidio Agravado por Alevosía S/Recurso de Casación".
En dicha sentencia la Cámara de Casación resolvió, por unanimidad, hacer Lugar al recurso de casación interpuesto por el fiscal Lisandro Beherán contra la sentencia de fecha 16 de septiembre de 2014 del Tribunal de Juicios y Apelaciones de la ciudad de Gualeguaychú y, en consecuencia, casar el pronunciamiento impugnado en cuanto a la calificación legal seleccionada para el hecho enjuiciado, subsumiendo este último en la figura de femicidio (art. 80 inc. 11 del Código Penal) La consecuencia fue una condena al Osvaldo Andrés Roldán a la pena de prisión perpetua.
Anteriormente el tribunal de Juicios y Apelaciones de Gualeguaychú, había declarado a Osvaldo Andrés Roldán, autor del delito de homicidio, a 17 años de prisión de cumplimiento efectivo. Asimismo entendió que se debía mantener la prisión preventiva del mismo.
A Roldán se le imputó el homicidio de Julia Flammini, acontecido en horas de la tarde del 10 de abril del año 2014, en el interior del baño de un departamento que forma parte del complejo "Termas de Gualeguaychú", sito sobre Ruta 42, (Pueblo Belgrano) Dpto. Gualeguaychú. El imputado, valiéndose de un cuchillo de mesa chico, le ocasionó a Flammini múltiples heridas en varias partes del cuerpo que provocaron su fallecimiento.
Cabe aclarar que para el hecho en cuestión, el imputado, al recibir la visita de la víctima, formulo insinuaciones de carácter sexual y ante el rechazo, esperó el momento en que esta ingresara en el baño, lugar donde resultaría imposible una defensa, pedir ayuda o escapar, la atacó deliberadamente con el arma blanca, buscando y aprovechando la situación de indefensión de la joven, a quien apuñaló hasta dejarla sin vida, para luego huir del lugar del crimen, en un automotor de su propiedad.
Contra la decisión Tribunal de Juicios y Apelaciones de Gualeguaychú el agente fiscal, Lisandro Beheran, interpuso Recurso de Casación opinando que resulta evidente que el homicidio de Julia Flammini fue en un contexto de género, sin perjuicio de que no había una relación previa entre víctima y victimario.
Concluyó explicando que existió una clara relación de asimetría, dominación y ejercicio de poder por parte del agresor hacia su víctima, y esto es lo que da el contexto de género que exige la ley. Solicitó que se case la sentencia parcialmente y se resuelva modificándose la calificación legal de acuerdo a la petición de la fiscalía y en consecuencia que se determine la pena correspondiente.
Por su parte el defensor técnico de Roldán, Pablo Di Lollo, interpuso recurso de casación por entender arbitraria la atribución del monto de la pena: 17 años. El letrado Entendió que a su asistido se le imputó una pena que puede catalogarse como "pena injusta", entendiendo por tal a la pena excesiva.