Cambios en el Consejo de la Magistratura

La demora que lleva un concurso fue la crítica más escuchada en todos estos años desde que se creó el organismo asesor en el 2003. Es precisamente ese, el punto que mayor atención se puso al momento de reformular el reglamento interno.
La libertad de cualquier abogado de anotarse a cuanto concurso se llame para cubrir una vacante se convirtió en uno de los desbarajustes aparecidos en el reglamento anterior a solucionar.
El texto actual –publicado la semana pasada en el Boletín Oficial– viene a terminar con una práctica que se veía con frecuencia: concursantes que ganaban el cargo de juez y en poco tiempo se anotaban para una vacante en alguna cámara ya no lo podrán hacer. El nuevo reglamento establece desempeñarse, como mínimo, tres años en el cargo que se alcanzó para recién luego poder aspirar a otro.
Primero en la Convención Constituyente, luego en la Legislatura y finalmente en el propio Consejo. Los extensos interinatos en la Justicia son reales y, en muchos casos, imposibles de evitarlos. Una titularización –se calcula en el organismo– no puede concretarse en menos de un año. El procedimiento comienza con el llamado a concurso y sigue con la conformación de un jurado, la apertura de inscripción de concursantes y la presentación de antecedentes. El viejo reglamento no establecía un tiempo en que el Superior Tribunal de Justicia (STJ) comunicara al organismo de la vacante para que este llame a concurso. A partir de ahora, sin embargo, se estableció 15 días. “No era una práctica, pero tampoco una obligación del STJ comunicar al Consejo. Lo que sí debía hacer el máximo cuerpo era cubrir el cargo”, aclaró el consejero Jorge D’ Agostino a El Diario. En muchos casos ocurría que desde el momento en que un juzgado, fiscalía o defensoría quedaba vacante; hasta el aviso al organismo; pasaba un tiempo considerable y esto iba en detrimento del proceso para cubrir la vacante con todas las de la ley.
Otros de los cambios fundamentales en el nuevo reglamento fue la inversión de las etapas: antecedentes, oposición y entrevista personal. Antes se daban a conocer los puntos de la primera etapa, para luego pasar a la segunda; que es el examen escrito en donde el concursante tiene que resolver un caso. Ahora, el puntaje de los antecedentes se dará a conocer junto con los de la oposición. Lo que se intenta hacer con este cambio es evitar cualquier especulación por parte de los concursantes ante una escasa performance en la primera etapa. Pero ante todo, lo que se trata de impedir es que las impugnaciones no se realicen en dos etapas. Quien quiera apelar el puntaje, tanto de los antecedentes como del examen, lo deberá hacer en una oportunidad. Esto –entienden– agilizará el concurso, muchas veces empantanado por las desconformidades de los aspirantes con las calificaciones otorgadas por el jurado. Todo el procedimiento para la elevación de las ternas al Poder Ejecutivo no podrá extenderse por más de 120 días hábiles contados desde la primer publicación del respectivo llamado a concurso, pudiendo prorrogarse por resolución fundada del Consejo.
Con el reglamento anterior, el puntaje del concurso se dividía de la siguiente manera: 40 puntos para la etapa de Antecedentes; 40 para la de Oposición; y 20 en la Entrevista Personal. Según la ley aprobada en las cámaras legislativas y el reglamentado en el Consejo, el total de 100 puntos se dividirán en 30, 50 y 20. En el caso de la segunda etapa se estableció una subdivisión que consiste en otorgarle 40 puntos al examen escrito y 10 puntos para una evaluación oral. Este último punto es una novedad, ya que la Oposición consistía solamente en resolver el escrito. En un primer momento se intentó sacarle a la tercera etapa 5 puntos, pero ese borrador no prosperó. Para llegar a la entrevista hay que alcanzar un mínimo de 60 puntos y haber rendido todas las pruebas anteriores. D’ Agostino aclara en este punto que no se puede obviar, por ejemplo, el oral de la etapa anterior.
El consejero consultado tiene la plena seguridad que en unos años, sin dudas, habrá que hacerle nuevos retoques al reglamento, pero el que se aprobó fue “un salto cualitativo”.

Cincuenta y más
En la Justicia entrerriana son 203 los cargos que se concursan entre juzgados, fiscalías, vocalías de cámara y defensorías. De esa cifra y desde que comenzó a funcionar el organismo asesor del Poder Ejecutivo se llamaron a 172 concursos, de los cuales 82 ya finalizaron y otros 52 se encuentran en trámite. Pero el dato a observar es el número de funcionarios designados: 109. A ochos años de su creación se renovó un poco más del 50% de la Justicia provincial.
Según la última actualización del sitio oficial, de esa cifra y desde que comenzó a funcionar el organismo asesor del Poder Ejecutivo se llamaron a 172 concursos, de los cuales 82 ya finalizaron y otros 42 se encuentran en trámite. Pero el dato a observar es el número de funcionarios designados: 109. A ochos años de su creación se renovó un poco más del 50 por ciento de la Justicia provincial.

El dato
109 designaciones han realizado el Poder Ejecutivo, de cuales 55 corresponden a la gestión anterior de Jorge Busti, mientras que las otras 54 a la actual de Sergio Urribarri.

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