La carta firmada por Nastri dice “hemos detectado su carácter de usuario de repertorio de TV, al estar difundiendo públicamente obras en su establecimiento y sin que hubiera tramitado la necesaria autorización y pago de los aranceles tarifados conforme la facultad que le compete a Argentores”.
Al parecer, Argentores entiende que el comerciante, al tener encendido algunos televisores en su negocio, infringe una normativa y, por lo tanto, lo invitan “a presentarse en el plazo perentorio de 10 días, declarando la cantidad de establecimientos con TV y cancelar los aranceles adeudados correspondientes al año 2005”, especificando además que “el arancel que rige para el rubro Locales en General es de 50 pesos mensuales por TV”.
Finalmente aclaran que “Argentores es la entidad representativa de todos los creadores de obras televisivas y tiene a su cargo la fijación y percepción de los aranceles que deben pagar quienes comuniquen públicamente su repertorio por medio de aparatos de televisión”.
Por supuesto que el comerciante, ante este aviso, “puso el grito en el cielo”, considerando poco menos que insólita la pretensión de .Argentores.
Seguramente que esto dará lugar a la intervención del Centro de Actividades Económicas, tal cual se hiciera en el caso de Aadicapif, recientemente comentado en esta página, cuando pretendían cobrar un canon a aquél que tenga una radio encendida en su negocio.