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Busti propuso la creación de un Consejo frente a las grandes epidemias

A su vez, advierte sobre a la necesidad de erradicar los patrones culturales “que sostienen y promueven la convivencia de los vectores con las poblaciones humanas”; y promueve la prestación “eficiente e integral de los servicios públicos esenciales” a los damnificados por estas enfermedades como su asistencia integral.
El proyecto también fija las bases para la declaración de la emergencia en el territorio provincial que se vea afectado por la aparición de casos, brotes o epidemias de dengue o de cualquier otra enfermedad emergente, que se registren y que puedan producir severa morbilidad o mortalidad de los ciudadanos.
Compuesta por cinco títulos y diecinueve artículos, la iniciativa establece como principios rectores que el Estado provincial, los municipios y las comunas, deberán aplicar las medidas de prevención “garantizando el respeto a los derechos fundamentales, en particular, el derecho a la vida, el derecho a la salud, el acceso a los servicios sanitarios, el derecho a la información apropiada y actualizada, y la defensa y protección del medio ambiente frente a las grandes epidemias” y propone, entre otras medidas, “la implementación de una línea telefónica gratuita y accesible en forma articulada con los municipios y comunas entrerrianos, destinada a dar apoyo, información, y contención durante grandes epidemias”.
Por este proyecto, se crea el Consejo Provincial para la Prevención y Control de Grandes Epidemias, el que será presidido por el gobernador de la provincia o el funcionario del ramo que éste designe mientras que su composición quedará reglamentada por el Ejecutivo “de modo equilibrado”. Entre sus atribuciones estarán las de elaborar, implementar y monitorear el Plan Provincial de protección integral ante grandes epidemias, con la finalidad de prevenir y controlar el dengue y otras enfermedades emergentes, articular acciones y promover la creación de organismo similares en municipios, desarrollar programas y brindar asistencia.
A su vez y dentro de la órbita del Consejo, se creará el Observatorio de Grandes Epidemias, cuyas funciones serán las de monitorear, recolectar, producir, registrar y sistematizar datos e información sobre grandes epidemias, catástrofes e impacto del cambio climático; desarrollar un sistema de información permanente que brinde insumos para el diseño, implementación y gestión de políticas públicas tendientes a la prevención y control de los impactos de grandes epidemias y otros cometidos que fije el Consejo.
La iniciativa, que se acompaña de un glosario en el que se definen claramente cada uno de los términos a los que podría aplicarse la ley, también prevé la cuestión presupuestaria y disposiciones generales para el funcionamiento del Consejo tanto en la provincia como en los municipios.
Del mismo modo, fija los criterios para la declaración de emergencia sanitaria provincial, que deberá determinar el Poder Ejecutivo, a propuesta del Consejo, o como respuesta ante la gravedad del hecho y distingue claramente las distintas fases por las que atraviesa una crisis de estas características, como la fase endémica, la fase epidémica y la declaración de emergencia sanitaria.

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