En ese mismo sentido el ex mandatario abogó para que se mantenga el espíritu del decreto 39/04 que puso en funcionamiento ese instituto en la provincia. “Ojalá pueda mejorarse; pero tal como funcionó durante los cuatro años de mi gestión como gobernador, el Consejo de la Magistratura fue eficaz y confiable, generando una clara jerarquización del Poder Judicial”, expresó Busti.
El ex mandatario reiteró que “la sola incorporación del Consejo de la Magistratura a la nueva Carta Magna justifica con creces todo este proceso reformista”, al tiempo que aseguró que “sumado a lo incorporado ayer, cual son los mecanismos de democracia directa -Consulta Popular, Iniciativa Ciudadana y Audiencias Públicas- son instrumentos que sin dudas contribuirán a mejorar la calidad institucional en la provincia”.
Cabe recordar que Busti es autor de uno de los proyectos sobre Consejo de la Magistratura, que se encuentra en amplio debate en la Comisión de Poder Ejecutivo, Poder Legislativo y Poder Judicial y que posiblemente en el transcurso de la semana puedan llegar a salir dictámenes para que sean tratados en los plenarios del 26 y 27 del corriente.
En su iniciativa, el ex mandatario provincial considera designar con acuerdo del Senado y a propuesta de terna vinculante del Consejo de la Magistratura, los integrantes del Ministerio Público- Pupilar y Fiscal en cualquiera de las instancias, Jueces y Vocales de Cámaras.
En este marco, el convencional Busti, propone incorporar como nuevo artículo de la Constitución de la Provincia de Entre Ríos, el siguiente texto: “El Consejo de la Magistratura es órgano asesor permanente del Poder Ejecutivo Provincial que tiene por competencia exclusiva y excluyente proponerle, mediante concursos públicos de oposición y antecedentes y a través de ternas vinculantes, la designación de los integrantes del Ministerio Público- Pupilar y Fiscal en cualquiera de las instancias, Jueces y Vocales de Cámaras”.
Sostiene además que “estará integrado por representantes del Poder Ejecutivo provincial; de los abogados de la matrícula provincial, de los Magistrados o Funcionarios Judiciales, de los sectores académicos y científicos, de los Empleados del Poder Judicial de Entre Ríos, de las Organizaciones Sociales, Profesionales y/o Sindicales con Personería Jurídica y/o Gremial y cuyo objeto social tenga vinculación con la defensa del sistema democrático, de los derechos humanos y del sistema republicano de gobierno. La composición asegurará el equilibrio entre los sectores representados y no podrá integrarse con predomino de un sector.
Y agrega que “el desempeño del cargo será ad honorem. Durarán dos años en sus funciones, pudiendo ser reelectos por una sola vez”.
Fundamentos
Al fundamentar la iniciativa el ex mandatario recordó que “por el año 2003, siendo por entonces gobernador electo de la provincia y ante la preocupación generada por el creciente reclamo social de lograr una justicia altamente capacitada e independiente, decidí auto limitar la facultad que, conferida por la Constitución provincial, coloca en cabeza del Poder Ejecutivo la designación de los Magistrados y Funcionarios judiciales, con la finalidad de disipar cualquier tipo de sospecha de manipulación que se hacía sopesar en torno a la designación de los Magistrados”.
Además, indica que “el día 13 de diciembre de aquel año fue creado mediante Decreto Nº 39 el Consejo de la Magistratura de Entre Ríos como órgano asesor permanente del gobernador para la selección de jueces, fiscales y defensores. El mismo día de su creación el Consejo inició sus actividades, y en los cuatros años de funcionamiento que lleva ha superado toda expectativa, constituyendo un verdadero modelo a seguir: se han respetado plenamente los resultados de los concursos de oposición y antecedentes llevados a cabo por el Consejo, optando siempre el Poder Ejecutivo por proponer en todos los concursos al profesional que obtuvo el mayor puntaje en las diversas instancias de los concursos públicos”.
Por otra parte, Busti mencionó que “actualmente son más de 58 los magistrados y funcionarios designados por el citado Consejo, lográndose de esta manera el resultado deseado, cuál es, lograr un mayor servicio de justicia a través de la jerarquización del Poder Judicial, dotando de mayor transparencia los mecanismos de selección de los miembros del Poder Judicial, y , consecuentemente, tornando real los requisitos de idoneidad e igualdad de oportunidades en el acceso a la justicia a fin de lograr la plena independencia e imparcialidad, constitucionalmente consagrada, del Poder Judicial”.
Según el titular de la Convención, “la composición debe respetar el equilibrio entre todos los sectores, sin que uno tenga preeminencia o predominio sobre otro”; y respecto a “la reglamentación específica en respeto de las normas consagradas se realizará por la Legislatura a la brevedad”.
Las Actividades de la Convención
Las comisiones continuarán el lunes con su habitual agenda de trabajo. Los dictámenes que se hayan alcanzado durante estas semanas podrán ingresar al próximo pleno.
Los dictámenes
La comisión de Control de Estado que preside Julio Federik, avanzó en un borrador, en el que determina que «La Contaduría General de la provincia es un órgano rector del control interno de la gestión económica y financiera de la hacienda pública provincial. Tiene autonomía funcional respecto de todos los poderes del Estado.
Luego, señala: Corresponde a su competencia exclusiva llevar la contabilidad general de la Administración Pública y dictar normas de contabilidad para todo el sector público provincial.
La Contaduría intervendrá preventivamente en todos los actos que generen libramientos de pagos previstos en el presupuesto general o en otras leyes que los autoricen, sin que ello implique sustituir los respectivos criterios de oportunidad o mérito.
Controlará el procedimiento establecido en la ley y lo que ésta disponga sobre la conformación del precio de la contratación. Sin su visto bueno no podrán autorizarse gastos ni emitirse órdenes de pago, salvo en los casos en que hubiera insistencia por acuerdo de ministros, debiendo dar inmediatamente publicidad a su resolución y, dentro de los 15 días subsiguientes a la misma, poner todos los antecedentes en conocimiento del Tribunal de Cuentas».
Además, la comisión de los poderes y de Régimen Electoral podría cerrar el despacho que fija la mecánica para el otorgamiento de las jubilaciones. En este caso, mantienen el texto vigente en la Constitución del 33 y agregan un párrafo. Este texto podría presentar una disidencia del socialismo, pero su redacción dice:
«Conceder jubilaciones y pensiones conforme a la ley en la materia. Esta función es irrenunciable y deberá delegarse en la Caja de Jubilaciones y Pensiones que es el ente autárquico provincial encargado de atender el sistema previsional, a efectos de emitir el acto administrativo». De todos modos, las deliberaciones continuarán el martes, a las 16,para cerrar el dictamen y comenzar a trabajar sobre los proyectos referidos al Consejo de la Magistratura.