A su vez, el decreto subraya que en caso de que un trabajador tenga una jornada laboral reducida, podrá percibir la remuneración en forma proporcional a las horas trabajadas. Y que la misma «se compensará en las próximas revisiones salariales». También podrá tomarse a cuenta de aumentos que los empleadores hayan dado a sus trabajadores por encima de las paritarias del sector a partir del 12 de agosto.
En este último caso, establece la norma, el sector patronal podrá «compensarlos hasta su concurrencia con la suma total».
El decreto se establece que «quedan excluidos» del bono «los trabajadores del sector público nacional, provincial, municipal y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, cualquiera sea su modalidad de vinculación y/o el régimen laboral aplicable». También se excluye a los trabajadores del sector agrario y al personal de casas particulares.