Bajante del río Paraná: el Gobierno declaró la emergencia hídrica por 180 días

En este sentido, la normativa que lleva la firma del jefe de Gabinete, Santiago Cafiero, afirman que los ríos presentan eventuales afectaciones sobre el abastecimiento del agua potable, la navegación y las operaciones de puerto, la generación de energía hidroeléctrica y las actividades económicas vinculadas a la explotación de la cuenca hídrica.

Además, ordena la coordinación de diversos organismos para monitorear y así gestionar los riesgos y mitigar sus posibles consecuencias. Por otra parte, el Gobierno encomendó a los distintos ministerios y organismos nacionales que adopten las medidas conducentes, en el ámbito de sus competencias, a los fines de afrontar el “Estado de Emergencia Hídrica”.

Desde los Ministerios de Desarrollo Productivo y Trabajo, Empleo y Seguridad Social deberán adoptar medidas necesarias con el objeto de preservar la continuidad de la actividad productiva y la conservación de los puestos de trabajo en los sectores afectados. El Banco Nación adoptará medidas a los fines de preservar la continuidad de la actividad productiva y la conservación de los puestos de trabajo.

Por su parte, la AFIP actuará respecto de aquellos y aquellas contribuyentes cuyo establecimiento productivo se encuentre afectado por la emergencia, siendo este su principal actividad. El Ministerio de Transporte, en el marco de sus competencias, deberá posibilitar la navegación y los accesos a los puertos mientras dure la emergencia.

Por último, se invitó a las provincias afectadas a tomar medidas similares, en especial aquellas tendientes a disponer un régimen tarifario especial provisorio para los servicios de energía eléctrica, agua potable y transporte urbano para el sector productivo de las zonas afectadas, mientras dure la emergencia.

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