En este sentido, la normativa que lleva la firma del jefe de Gabinete, Santiago Cafiero, afirman que los ríos presentan eventuales afectaciones sobre el abastecimiento del agua potable, la navegación y las operaciones de puerto, la generación de energía hidroeléctrica y las actividades económicas vinculadas a la explotación de la cuenca hídrica.
Además, ordena la coordinación de diversos organismos para monitorear y así gestionar los riesgos y mitigar sus posibles consecuencias. Por otra parte, el Gobierno encomendó a los distintos ministerios y organismos nacionales que adopten las medidas conducentes, en el ámbito de sus competencias, a los fines de afrontar el “Estado de Emergencia Hídrica”.
Desde los Ministerios de Desarrollo Productivo y Trabajo, Empleo y Seguridad Social deberán adoptar medidas necesarias con el objeto de preservar la continuidad de la actividad productiva y la conservación de los puestos de trabajo en los sectores afectados. El Banco Nación adoptará medidas a los fines de preservar la continuidad de la actividad productiva y la conservación de los puestos de trabajo.
Por su parte, la AFIP actuará respecto de aquellos y aquellas contribuyentes cuyo establecimiento productivo se encuentre afectado por la emergencia, siendo este su principal actividad. El Ministerio de Transporte, en el marco de sus competencias, deberá posibilitar la navegación y los accesos a los puertos mientras dure la emergencia.
Por último, se invitó a las provincias afectadas a tomar medidas similares, en especial aquellas tendientes a disponer un régimen tarifario especial provisorio para los servicios de energía eléctrica, agua potable y transporte urbano para el sector productivo de las zonas afectadas, mientras dure la emergencia.