“El tratamiento y las negociaciones de esta ley por parte de los legisladores se dio en otro contexto que cambió rápida y sustancialmente. Esta ley seguramente fue pensada en un Estado expansivo con una economía que crecía al 9 % anual. Pero el escenario ha cambiado sustancialmente en tan sólo unos pocos meses. Es decir, esta ley es de otro contexto y los legisladores obviamente no pudieron adivinar lo que iba a pasar y eso mismo justificaría una revisión de lo aprobado”, apuntó.
“La razón económica del veto es que hay una imposibilidad real de afrontar el pago de un adicional que insumiría casi 9 millones de pesos más del presupuesto. Es absolutamente imposible y sería una irresponsabilidad de nuestra parte comprometer el otorgamiento de un adicional atado a un sueldo del Poder Judicial. No obstante hemos analizado una alternativa racional y máxima posible, y es la que se ha expresado”, manifestó Bahl.
Señaló además que “también existe una razón de resguardo de la equidad. El máximo adicional que se percibe en la administración central es de aproximadamente 900 pesos. El adicional que aprueba la ley es el doble del máximo. No hay ninguna razón de servicio que justifique eso, y además estaríamos lesionando el principio constitucional de que a igual tarea igual remuneración”, indicó.
El ministro de Gobierno agregó: “Seguramente aquellos trabajadores que piensen por sí solos se darán cuenta que la postura del Gobierno es muy beneficiosa para ellos, porque garantiza la fuente de trabajo y los incorpora a la planta permanente con una mejora de sus ingresos. Sería lamentable que los trabajadores no puedan aprovechar esta oportunidad ventajosa por capricho de alguien que debe defenderlos”.
Respecto de la amenaza de paros generales y toma del Registro Civil anunciada por el jefe del bloque justicialista de diputados (y titular de UPCN Entre Ríos) José Allende, Bahl expresó: “El Gobierno respeta la ley por tanto todos los trabajadores del Estado provincial tienen garantizado el derecho de huelga, lo que significa no ser sancionados por su ejercicio, pero debe quedar claro que el salario es el pago de la contraprestación laboral efectivamente prestada, por tanto no podrán remunerarse horas ni días en los que el trabajo no haya sido prestado. Esto comprende los paros, y las denominadas retenciones de servicio u otras modalidades que implique la no dación de trabajo”.
“Confiamos en que los legisladores sabrán comprender las razones del veto que son muy consistentes y lo analizarán en el contexto económico actual del mundo, el país, la provincia y los municipios, y la decisión final, seguramente estará en consonancia con lo que siempre defendió nuestro gobierno, el de tomar decisiones a favor de todos los trabajadores de manera responsable sin comprometer el equilibrio presupuestario consagrado en nuestra Constitución y no pensando en los intereses específicos de algún sindicato”, finalizó, según publicó EL DIARIO.