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Auditores externos elevaron su informe sobre el desfalco en el municipio de Gualeguaychú

El diario El Argentino accedió a esa documentación -que lleva el membrete al pie de página del estudio contable de Miguel Angel Burón-, que es consecuencia de la auditoría solicitada mediante la Ordenanza Nº 10.803/05 y del contrato celebrado el 12 de octubre del año pasado.

La Auditoría resumió el perjuicio económico en las siguientes cifras:
1) Depósitos no ingresados en Bancos: $ 697.409,07.
2) Transferencias no respaldadas por Libramientos: $ 178.104,87.
3) Duplicidad de débitos por un mismo Libramiento: $ 754.099,29.
4) Cheques y débitos sin Libramientos: $ 955.756.
5) Diferencia en el importe de un depósito: $ 30 mil.
Así, el total de este perjuicio asciende a la suma de 2.615.369,23 pesos; de los cuales 265.104,87 pesos corresponden al ejercicio 2004 y los otros 2.350.264,36 pesos al ejercicio 2005.

Conclusiones

En las conclusiones, los Auditores dan cuenta textual de las siguientes observaciones:
1) La inexistencia de:
* Ordenanzas de Contabilidad exigida por el Artículo 128º de la Ley 3001 y modificatorias.
* Fianza del contador y Tesorero Municipal dispuesta por el Artículo 117º de la Ley 3001 y modificatorias.
* Libro inventario establecido por el Artículo 129´de la ley 3001 y modificatorias.

2) Incumplimiento de funciones asignadas:
* Intervención preventiva en todas las órdenes de pago, Artículos 115º y 118º de la Ley 3001 y modificatorias.
* Custodia de los fondos municipales, Artículos 119º de la ley 3001 y modificatorias.
* Objetar por escrito todo pago ordenado que no se ajuste a la Ley 3001 y ordenanzas en vigencias, Artículo 126º de la ley 3001 y modificatorias.
* Efectuar controles sistemáticos y esporádicos sobre captación de los recursos, gastos e inversiones, según Artículo 2º del Decreto Nº 419/96.
3) Trasgresiones a las disposiciones legales:
* Ordenes de pago ilegítimas, Artículo 127º de la ley 3001 y modificatorias.
* Falta grave e incumplimientos en las registraciones contables, Artículo 130º de la ley 3001 y modificatorias.
* Remisión de la Cuenta General del Ejercicio fuera de término, Artículo 113º, inciso 6) de la ley 3001 y modificatorias.
* Remisión del Presupuesto fuera de término, Artículo 113º, inciso 70 de la ley 3001 y modificatorias.

4) Incumplimiento de normas de control interno:
* “Merece un párrafo especial la falta de atención prestada por los funcionarios del área a esta tarea elemental en toda gestión administrativa”, sostienen los auditores.
“En efecto, la función de administración lleva implícita la realización de tareas que aseguren un racional y eficiente control de la hacienda pública”, indica las conclusiones de la auditoría externa.

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