Así lo indica el artículo 202 del actual código penal, el cual dicta penas entre 3 y 15 años de cárcel para las personas que propaguen “una enfermedad peligrosa y contagiosa”.
En tanto que el artículo 203 hace referencia a multas de entre 5 mil a 100 mil pesos cuando la propagación fuera cometida “por imprudencia, negligencia, impericia en su arte o profesión o por inobservancia de los deberes a su cargo”
De esta forma, el Presidente durante una entrevista radial afirmó “Yo ayer dije que teníamos que cambiar el tema de la cuarentena y eso se va a resolver hoy. La persona que cumple esa cuarentena de 14 días tiene la obligación de recluirse en soledad en su casa», destacó Fernández.
Y fue bien tajante al sostener: «No es voluntario, no es una recomendación: deberá hacerlo con las consecuencias que eso supone y si no lo cumple, estará incurriendo en un delito, que es poner en riesgo la salud pública”
El audio de la entrevista:
Además, el jefe de Estado pidió «llevar tranquilidad a la gente» porque «la Argentina siguió todos los pasos que debía seguir frente al riesgo que se presenta por el coronavirus». De paso, el mandatario recordó que «todos los casos detectados en el país son importados».
En otro tramo de la entrevista, Fernández dijo: «Evaluamos si suspendemos la entrada de personas desde Italia por el coronavirus. Ayer lo discutimos y lo vamos a resolver en los próximos días, así como qué hacemos con los espectáculos públicos».
El Presidente además recordó que «las personas de más de 65 años son las que más riesgo corren» de contraer la enfermedad, pero llevó tranquilidad al señalar que «el virus es absolutamente tratable, con un índice de mortalidad bastante bajo», aunque puede tener consecuencias más graves «si se encuentra con personas de debilidad física».
Finalmente, subrayó que es «una enfermedad que ataca a los chicos, pero la mortalidad es muy baja y se recuperan con cierta facilidad, pero también debemos cuidar que no se contagien, para que el riesgo sea prácticamente nulo»