Asociación Ilícita: La juez Gallo declaró inadmisible la apelación de las hermanas Lauría

La defensa, representada por Oscar Bacigalupe y Paula Bukténica, espera poder frenar la inminente remisión a juicio del caso en el que la fiscalía acusa a las tres hermanas de ejecutar un ardid, para quedarse con los aportes fiscales de las empresas y particulares que dejaban la contabilidad en manos del estudio contable de Edgardo José Marsó y Justa Ester Rostom, en el que se desempeñaban como administrativas.

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En la audiencia del pasado 23 de abril, los defensores solicitaron la suspensión de juicio a prueba (Probation), ofreciendo resarcir económicamente a los damnificados. Tras la oposición del fiscal anibal Lafourcade a dicho pedido, el Juez de Garantías Ives Bastian, no hizo lugar a la solicitud y ordenó la continuidad del proceso, con la incorporación de la prueba al legajo de remisión a juicio.

En ese mismo acto, los abogados de las imputadas apelaron la resolución de Bastián, argumentando que el magistrado resolvía sobre premisas falsas, que hubiera formulado el fiscal Anibal Lafourcade.

En la audiencia de apelación celebrada esta mañana, Bacigalupe se explayó al señalar que son falsas las afirmaciones del fiscal, que se refirió a la condición socioeconómica de las acusadas destacando que vivían en mansiones, y que su nivel de vida y estudios debía ser considerado un agravante del delito, bajo el argumento que “no roban para comer”.

Es que el fiscal, había señalado que debido a esta condición, no era probable que un tribunal les otorgue el mínimo establecido de la escala penal para estos delitos, por esta razón, y porque el hecho que se les imputa constituye una doble estafa; por un lado por la apropiación indebida del dinero, pero además, porque el ardid empleado genera deudas a los clientes del estudio con la AFIP, y deudas al titular del estudio con sus clientes.

Bacigalupe ofreció esta mañana al tribunal, la posibilidad de realizar una inspección a los domicilios de las acusadas, que según manifiesta su abogado defensor, son viviendas sociales del IAPV, que no podrían ser consideradas mansiones, como afirmara el fiscal en la audiencia.

Tras oír el argumento de las partes, la jueza silvina gallo, resolvió declarar inadmisible el planteo, señalando que los requerimientos del defensor excedían el objeto de la apelación y que en tal caso dicha prueba podría ser generada en el debate oral y publico, e incluso podría solicitarse en esa instancia el instituto de la probation.   

Tras el pronunciamiento del tribunal unipersonal, la defensa hizo reserva de recurrir en casación ante el Superior Tribunal de Justicia

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