El proyecto fue presentado en octubre de 2014 y recibió despacho de comisión favorable de la comisión de Salud, Medio Ambiente Humano y Drogadicción, siendo votado por unanimidad de los presentes.
En el artículo 1 se prohíbe, en el territorio de la Provincia de Entre Ríos, el cobro de “Plus Médico”; adicionales y complementos monetarios o de otra naturaleza, a pacientes que cuenten con cobertura de entidades regidas por las leyes Nacionales 23.660 (Obras Sociales) y 23.661 (Sistema Nacional del Seguro de Salud) y por la Ley Provincial Nº 5326/73 (IOSPER) y sus modificatorias.
Tal prohibición alcanza todas las prestaciones de salud que brinden personas físicas o jurídicas, profesionales del arte de curar y de disciplinas anexas o vinculadas, cuando estas perciban como retribución de la prestación aranceles fijados en convenios suscriptos por ellas.
Debe velar el cumplimiento el Salud de la Provincia, que podrá delegar funciones en las Obras Sociales con incumbencia en la Provincia de Entre Ríos, para que actúen en defensa de sus afiliados elevando las denuncias pertinentes.
Entre otros aspectos se promueve la conformación de un cuerpo de inspectores, cuya función es realizar supervisiones en forma activa y periódica de los lugares donde los profesionales alcanzados por la prohibición de esta Ley ejerzan sus actividades. Los inspectores no estarán obligados a develar su relación laboral con las diferentes Obras Sociales, ni la función que en ellas desempeñan.
Cuando se detecte una falta se podrán aplicar multas y en caso de reincidencia y cuando se tratare específicamente de damnificados afiliados a la Obra Social de la Provincia de Entre Ríos (IOSPER), el Instituto procederá a excluir en forma permanente de sus registros de prestadores al infractor reincidente y lo inhabilitará en forma definitiva para prestar servicios al mismo.
Añade, en el rango de sanciones, que en caso de darse una reincidencia sistemática por parte del profesional, la autoridad provincial podrá llegar a suspender la matrícula profesional por el término de hasta un año.
LA propuesta, que ahora deberán analizar los diputados, modifica la Ley 3818, estableciendo en esta norma una serie de prohibiciones para los doctores en medicina.