La última jornada del juicio por Apremios ilegales contra dos policías que se desarrolla desde el jueves en la Sala penal de los Tribunales de Concordia comenzó esta mañana con el testimonio de Víctor Benítez una de las víctimas del hecho que fuera denunciado el 20 de junio de 2011, y que según esta denuncia, ocurrió la noche del 19, alrededor de las 23.00 en la localidad de Calabacilla.
La apertura de audiencia estaba prevista para las 8.30, pero el testigo llegó cerca de las 10.00Hs, ya que tuvo que viajar desde Wanda, provincia de Misiones para dar su versión de los hechos.
Con un testimonio claro y sencillo y respondiendo con suma simpleza a las preguntas formuladas tanto por la fiscalía como por la Defensa, Benítez confirmó ante la presidente del tribunal Unipersonal, Silvina Gallo, los hechos descritos en la denuncia.
Como ya lo reflejó DIARIOJUNIO en una de las notas de anticipo, el testigo fue además contundente en sus declaraciones cuando se lo cuestionó desde la defensa por haber consumido alcohol o estar escuchando música la noche que ocurrieron los hechos.
El hombre no negó que estuviera tomando vino, sino por el contrario dio precisiones sobre la composición de la bebida que estaba ingiriendo (vino con gaseosa), tras lo que opinó. “no molestamos a nadie, ni salimos de la casa, y la música no estaría tan fuerte porque es un grabador chiquito” agregó.
En realidad, todas aclaraciones lisa y llanamente innecesarias, primero, porque el testigo no incurrió en ningún delito, no es delito tomar vino en su casa y escuchar música. Pero si así fuera, si acaso los Benítez hubieran estado en pleno proceso de faena de un animal “cuatrereado”, como después daría a entender la Defensa, tampoco esto justificaría la aplicación de apremios ilegales.
Una vez finalizada la testimonial de Benítez, uno de los imputados, Mariano Jesús Moreno, pidió su oportunidad para declarar sin ser interrogado y así lo hizo. En su breve intervención, el funcionario policial dijo haber actuado de buena fe, y expresó que si esposó a dos personas con un solo juego de esposas se debió exclusivamente a la falta de insumos para hacerlo de otra forma, y afirmó que los disparos de los que hablan los testigos, los había descerrajado su superior y coimputado Sebastián Zárate.
ALEGATOS:
DEL FISCAL
En una exposición para nada comprometida, y muy alejada de la línea inquisitiva que éste fiscal en particular supo ofrecer en casos de menor importancia, El Fiscal Aníbal Lafourcade inició su alegato casi pidiendo disculpas a los acusados por lo que estaba por hacer. En rigor, señaló que no le era grato acusar a dos personas a las que conocía y con las que habitualmente trabajaba. Puesto que es bien sabido que la Policía es el brazo armado de la justicia y en particular de los fiscales.
Tras hacer la aclaración; que bien podría ser argumento para impugnar de plano toda la actuación del funcionario judicial, Lafourcade arrancó señalando que venía a solicitar que se declare autores penalmente responsables de los delitos de violación de domicilio, apremios y vejaciones, a los policías acusados, Sebastián Zárate y Mariano Moreno. Después de la formalidad, el Fiscal describió los hechos tal cual se relatan en la Investigación Penal Preparatoria (IPP) los cuales confirmó durante el juicio a través de los testimonios de testigos: fueron alrededor de 7 los testigos presentados por la fiscalía que coincidieron en la mayor parte del relato.
Lafourcade destinó gran parte de su alegato a probar la idoneidad y veracidad de sus testigos y a prever la envestida que -sabía- la Defensa haría de estos. Sin embargo el Fiscal dejó muchas cosas sin explicar, en particular, la razón por la cual la causa solo se constituía de testimonios de testigos. ¿Porqué no había un croquis del lugar del hecho? o muestras de sangre, secuestro de uniformes, fotografías, pericias balísticas en la casilla de madera, etc.
El desconcierto fue tal, que una vez terminada la audiencia el cronista de DIARIOJUNIO le preguntó al Fiscal por este detalle; y el funcionario respondió que “no podía porque esas pruebas las hace normalmente la policía”. Una respuesta poco satisfactoria, desde todo punto de vista, máxime porque el actual código de procedimientos faculta a los fiscales en particular y también a los delegados judiciales a recoger prueba, tomar muestras y hasta a contratar peritos privados o de otras fuerzas de seguridad, no solo que los faculta, es prácticamente una exigencia, que el Ministerio Publico Fiscal custodie la prueba por encima de la fuerza de seguridad, que no es mas que su brazo ejecutor.
LA DEFENSA
En dos alegatos para nada extraordinarios, la defensa a cargo de los abogados particulares Rafael Briceño y Leandro Williman, logró plantar una duda razonable en el tapete y proponer, siempre bajo el principio de inocencia, que entre otras cosas vale decir que no fue invocado aunque es condición básica de cualquier juez penal evaluar con esa premisa, que la culpabilidad de los imputados no fue acreditada y que incluso no fue probada la materialidad del hecho.
Básicamente la estrategia de Briceño, quien representa a Zárate, giró en torno a desacreditar a los testigos, señalando que las lesiones constatadas por el médico de tribunales a 60 horas del hecho, eran sumamente escasas, comparadas con las que debía presentar una persona que fuera castigada con la bravura que describieron los testigos, pero el particular fue más allá, y comparó esas testimoniales con la dudosa inspección médica realizada por un médico policial de apellido Medina, la noche del hecho, donde solo se hace mención a que los acusados estaban alcoholizados y que no presentaban signos de haber sido golpeados.
Más tarde, haciendo uso de su derecho a réplica, Lafourcade insinuaría que por ser compañeros de trabajo, el médico pudo tergiversar la real condición de los detenidos, pero los comentarios de Lafourcade no fueron más que una insinuación, una indirecta, no denunció mala praxis, ni encubrimiento, no llamó al médico policial a declarar. Simplemente, insinuó que el perito invocado por la Defensa era el compañero de trabajo de los imputados.
El otro aspecto saliente en el alegato de Briceño, fue señalar un móvil para la presunta construcción de un relato. El defensor de Zárate acusó al abogado laboralista que asiste en una demanda por accidente de trabajo, a una de las víctimas, de haber montado una escena, una causa falsa, para hacerse de unos pesos. Y que –según esta versión- los denunciantes habían accedido por necesidad.
Nuevamente, y al igual que el Fiscal, Briceño insinúa, acusa, pero no aparecen pruebas concretas, no denuncia al testigo por falso testimonio ni por mala praxis. Desde ambas partes parecieran estar jugando a las adivinanzas, arrojando especulaciones, pero ni una sola prueba. Y al fin de cuentas es la palabra de los testigos de la fiscalía contra la palabra de los testigos de la Defensa.
Finalizado los alegatos y la réplica del Fiscal, la Jueza Gallo, dio por concluido el proceso y puso fecha para la lectura de la sentencia, que se conocerá el 4 de setiembre a las 7.30 de la mañana.
Sea cual fuera su resultado, nadie podrá decir que se hizo justicia.