Por esta medida, el Juez Federal ha entendido que está acreditado el peligro en la demora por “una eventual suspensión o “corte” del servicio de gas natural por falta de pago por parte del consumidor, afectándose de este modo la prestación de dicho servicio público, con el consiguiente perjuicio que difícilmente pueda revertirse con el dictado de la sentencia definitiva” y ordenó a REDENGAS a suspender la aplicación del Cargo creado por Decreto 2067/08 así como el IVA de dicho cargo del cobro de la factura de gas para este período y para los sucesivos, hasta que se dicte la sentencia definitiva.
El abogado patrocinante, Marcelo Javier Marchesi, destacó la celeridad con que están actuando los magistrados y el personal del Juzgado Federal, y precisó que el Cargo tarifario “constituye un verdadero tributo creado por decreto, siendo que el único órgano facultado para establecer tributos es el Congreso de la Nación, obviamente, por una Ley.” Además, señaló que “Este decreto 2067/08 es abiertamente inconstitucional y llega al extremo de aplicar un ilegal impuesto al consumo de gas que supera el 100% del valor del consumo de gas, al que luego se le pretende aplicar encima otro impuesto como el IVA, pretendiendo que el usuario pague “impuesto sobre impuesto”.
Marchesi aclaró que “gracias a esta medida cautelar, los usuarios que han planteado amparos ante la Justicia Federal pagarán únicamente el consumo de gas y los impuestos habituales, sin que la empresa prestadora del servicio pueda cortar el suministro del servicio, lo que constituía una preocupación para la mayoría de los usuarios afectados por este impuestazo al consumo de gas”.