En relación a la medida cautelar que solicitó la Municipalidad no hizo lugar atento a que el amparo en sí mismo representa una cautelar, máxime teniendo en cuenta los plazos en que se tramita y resuelve, razón por la cual no es compatible con el dictado de una medida cautelar autosatisfactoria como la que se pretende, toda vez que, de hacer lugar a la misma se resolvería el fondo de la cuestión,
Asimismo y de acuerdo a la información aportada a DIARIOJUNIO, resolvió, de acuerdo al plazo fijado y el objeto de la acción, citar a todas las partes a una audiencia de conciliación para mañana a las 13hs, incluso al secretario de Trabajo de la provincia Fernando Quinodoz, a la Fiscalía de Estado de la provincia y al Ministerio Público Fiscal, de acuerdo al artículo 207 de la Constitución Provincial.