Los primeros en exponer fueron los querellantes Mauricio Mayer y Luis Pedemonte, en virtud de que la acreditación del delito implicaría que hubo en perjuicio para las arcas públicas. La audiencia comenzó a las 9.50 y los representantes de la querella dividieron su exposición en dos partes, por lo que el primero en hacer uso de la palabra fue Mauricio Mayer quien realizó un análisis de las pruebas expuestas y consideradas para determinar la pena. En ese marco, recordó que la tarea investigativa fue “larga y ardua” y por la cual “se incorporaron como pruebas los informes bancarios” de las entidades de Uruguay, ING Bank y Surinvest.
Dicha prueba incorporada al expediente “da cuenta de un giro patrimonial que comienza en el año 1989, con la cuenta en el ING Bank a nombre de Isolina García, con un monto de 19 mil dólares y que se cerró con más de 260 mil dólares. Dicha cifra fue transferida por la crisis matrimonial sufrida por Rossi a otra cuenta a nombre de su madre y hermana”, detalló Mayer.
Además, destacó las testimoniales que se tomaron durante el juicio y calificó la de Ana Pemayón como “clara, contundente e importante”, ya que ratificó lo dicho en sede instructoria respecto a los hechos que la tuvieron como protagonista. También destacó los testimonios de Sergio Gómez e Isolina García.
Por su parte, Pedemonte solicitó la condena de tres años de prisión condicional e inhabilitación absoluta por el doble de tiempo para ejercer cargos públicos, por entender que Rossi desplegó la acción de no justificar la procedencia del incremento apreciable de su patrimonio. En ese sentido, destacó el “apreciable incremento patrimonial en la función pública” que experimentó el ex vicegobernador y aseguró que cometió “un delito propio de omisión cuando no justifica el incremento patrimonial que se le endilga”. “No caben dudas que el acusado actúa con conocimiento y en pleno dominio de sus actos”, agregó Pedemonte.
Por último, detalló las cuestiones que agravarían la pena, prevista en una escala de 2 a 6 años de prisión, entre las que mencionó “la entidad del delito y la gravedad del hecho” teniendo en cuenta que “se trata de un funcionario público que ocupó cargos importantes, por lo cual tiene mayor deber de justificar” el crecimiento patrimonial. Además, mencionó que Rossi “tuvo una conducta tendiente a evitar que los montos de las cuentas sean detectados”, y explicó que tomando como precedente la sentencia de la Sala 1 en la causa por defraudación al Estado que se siguió contra la ex concejal de Paraná, Liliana Morard, y el ex funcionario bustista, Oscar Mori, la pena solicitada es de cumplimiento condicional, aunque estimó “razonable” la aplicación de una condena de tres años de prisión e inhabilitación para ocupar cargos públicos.
Por su parte, el fiscal José María Chemez fue más severo al solicitar que el ex vicegobernador Domingo Daniel Rossi (PJ) sea condenado a la pena de cuatro años de prisión efectiva, inhabilitado por el doble de la condena y multado por una suma de 90.000 pesos, según lo establece el artículo 22 bis del Código Penal, por considerarlo autor material y responsable delito de enriquecimiento ilícito.