Agobiados por los ruidos de EME, vecinos de un barrio residencial reclaman al municipio una solución definitiva

 “Para todos los vecinos se ha tornado insoportable la vida todos los fines de semana. Se ven totalmente trastornado. Incluso hacen pruebas de sonido a las tres de la tarde. Se imposibilita un sano descanso; nos vemos realmente alterados”, dijo Santiago Patiño Mayer, vecino del barrio Parque Río Uruguay desde 2012, en la esquina de Monseñor D´Andrea y Los Talas.

Patiño Mayer dijo que se trata de “un barrio con la categoría UR 5, es una de las más restrictivas, con respecto al tema de la edificación. Uno no puede poner un supermercado ahí”, dijo. Y, con seguridad, no puede estar habilitado un “boliche” o una “casa para eventos”. La referencia es para ‘Eme Multiespacios’, ubicada en Salto Uruguayo y Remedios de Escalada.

La vivienda se encuentra a 250 metros de distancia del lugar. “Esa casa es una casa. No es una casa preparada para boliche. La ultima fiesta que hubo ahí fue para el Día del Amigo, promocionada por una cervecería. Y había hasta enfermería”, señaló para mencionar la magnitud de la celebración. “En Salto Uruguayo todos los vecinos se quejan de lo mismo. De los ruidos, la velocidad con que pasan los autos y porque se quedan hasta las seis, siete y hasta las ocho de la mañana”, dijo.

Patiño Mayer dijo que varias veces mantuvieron contacto telefónico con Mariana Móndolo, socia gerencial de “Eme”. “Siempre creímos que era la forma adecuada si había alguna queja entre vecinos de agarrar y hablar personalmente”, indicó. Pero las conversaciones no prosperaron y los vecinos decidieron acudir a la municipalidad.

“Tengo entendido que tienen una habilitación precaria desde febrero de 2016 hasta el 1º de febrero de 2019”, indicó. En efecto, se trata de la resolución Nº 4986/17 del Ejecutivo municipal que habilita para el rubro “Eventos Sociales” (Conferencias, Despedidas de año, Casamientos, Cumpleaños) a la empresa. No obstante, ya venció el plazo y los eventos se siguen realizando.

En la misma se hace un apartado donde se señala textualmente que “se deberán tomar los recaudos necesarios para no producir disturbios ambientales en el entorno”. Además, se deja explícitamente aclarado que “el incumplimiento de estas condiciones…. como así también de recepcionarse quejas debidamente fundadas de vecinos aledaños dará lugar a la municipalidad a requerir el cese del uso en forma inmediata”.

“Lo primero que afecta es la salud y la vida conyugal porque la verdad es infernal como retumban los vidrios”, dijo en referencia a los sonidos de baja frecuencia (graves). Asimismo, sostuvo que para los eventos generalmente se usan carpas o son al aire libre. “Es imposible retener el sonido”, explicó. “Vibra todo”, indicó Patiño Mayer.

En consecuencia, los vecinos enviaron una carta al intendente Enrique Cresto el 19 de marzo pasad0. “Eme Multiespacios se encuentra emplazado en nuestro barrio Parque Río Uruguay, un entorno donde prima la naturaleza y hogares de familias que buscan una vida lejos del centro de la ciudad y sus ruidos. Vemos con preocupación el impacto ambiental que esto genera, teniendo en cuenta que a metros de la propiedad y en su entorno se encuentra un cauce de agua y una selva en galería que alberga especies de aves autóctonas, sin descuidar que la propiedad se encuentra a la vera de la costa del Río Uruguay y próxima al Parque San Carlos” se señala en la nota firmada por varios vecinos.

 “Para los vecinos se ha tornado insoportable la vida los fines de semana, agravándose cuando arranca la época de eventos. Retumban nuestras casas los que imposibilita un sano descanso y calidad de vida. Se escucha la música dentro de nuestros hogares”, indicaron.

“No se puede dormir desde que comienzan los eventos gasta las 7 u 8 am cuando finalizan. También es frecuente que a los eventos nocturnos se les sumen otros que transcurren durante el día. En fin, es una tortura, una cuestión que ha alterado la vida de todos nosotros y del medio ambiente en que vivimos. También hay que destacar que se está transformando en boliche bailable en reiteradas ocasiones”, señalaron en el escrito.

 Asimismo, los vecinos llamaron a Saneamiento Ambiental para que se corrobore la potencia del sonido. en un acta de constatación de la Dirección de Saneamiento Ambiental, fechada el 21 de julio de 2019, el inspector que confecciona la misma, Rubén Rivero, menciona que “realizada una medición de los niveles sonoros desde el local durante el desarrollo de un evento en el domicilio de las fincas de los señores Batistella y Patiño en Los Talas y Antonio de Luque, estos arrojaron los siguientes valores. En la vereda de los domicilios, 63 db con picos de 71. En el interior del domicilio de Batistella 55 con picos de 59. Se observa que el señor Batistella ha realizado un acondicionamiento acústico en su dormitorio e igual se escucha la música del local de referencia”.  Para tener una idea, en la escala de decibeles, 60 db corresponde a “sala de estar con música o televisión en funcionamiento”. De cualquier forma, el vecino mencionó que “eso no debe estar habilitado para ese fin”.

En la nota le hacen saber que la prioridad del municipio es proteger el medio ambiente, la salud, y la calidad de vida de los vecinos, como así también hacer cumplir las ordenanzas. Por ejemplo, la que puso en vigencia el Código de Ordenamiento Urbano, donde se definen los diferentes usos y actividades que se pueden desarrollar. “En este caso, vemos con asombro que se haya permitido el desarrollo de estas actividades en la propiedad en cuestión, teniendo en cuenta que se encuentra emplazada en el distrito denominado por el Código de Ordenamiento Urbano “U/R5-Urbana/Residencial Parque”.

El Código de Ordenamiento Urbano establece que la zona U/R5 incluye “sectores urbanos hacia el este noreste del área urbana central, destinados al desarrollo residencial de baja densidad y predominio del espacio verde y abierto sobre el edificado”. Entre las actividades permitidas se admiten de tipo habitacionales (vivienda unifamiliar), comerciales (comercios minoristas) –condicionado-  y servicios o productivos (educación inicial) y (gastronómicos) –condicionado-.

Además en el Código existe un área de  paisaje protegido para el borde del río Uruguay denominada PP/BR. “Zona destinada a mantener su condición de espacio urbano abierto, verde, de valor paisajístico y baja densidad de población. Se considera zona de reserva para el desarrollo de un circuito costanero que aproveche para la ciudad las condiciones mencionadas”.  Incluye todo el sector de la ciudad bajo la cota 14. Zona recreativa, deportiva y cultural con muy bajos niveles de ocupación”.

En el escrito enviado al Ejecutivo también se cita la ordenanza Nª 33.695 del año 2008 que, en su capítulo 2º, artículo 24º reza: “ningún espectáculo público o establecimiento comercial …podrán afectar las condiciones de habitabilidad del entorno por medio de luces, sonidos o ruidos”.  

De hecho, el mejor ejemplo es el del Hostal del Río, ubicado a pocas cuadras de ‘Eme’. El municipio decidió cerrarlo como boliche y transformarlo en un centro de interpretación de la flora y fauna del Parque San Carlos.

En consecuencia, se preguntan porque se permite una actividad que va en desmedro de la habitabilidad, calidad de vida de los vecinos y del medio ambiente. “La tolerancia es cero respecto a que se lleven a cabo explotaciones de esta índole en nuestro barrio, ya que altera completamente nuestras vidas”, indicó.

  La pregunta que subyace en los vecinos es saber de qué lado está el municipio. “Si se prioriza el medio ambiente, la salud y la calidad de vida de los vecinos o la explotación comercial de un particular en una zona netamente residencial donde entendemos, no deberían desarrollarse este tipo de actividades”, se expresa en la carta.

 

 

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