Lo que NO dice Rodríguez Signes ni el gobierno de Bordet es en base a qué clasifica el SENASA estos venenos. Tampoco tienen en cuenta que en el amparo se han presentado pruebas científicas (no opiniones) sobre contaminación ambiental y daño genético en niños rurales entrerrianos y también la relación entre éste y la aparición del cáncer como consecuencia. Esta es la verdadera dosis letal.
El nuevo decreto repite una serie de medidas que son legalmente exigibles (Ley de plaguicidas 6599) pero que nadie cumplió ni hizo cumplir jamás, tales como: exigencia de receta, aviso con 48 hs de anticipación, maquinaria habilitada, presencia de agrónomo en el campo y observación de las condiciones climáticas.
Además crea “Unidades Centinelas”, donde los docentes podrían ser centinelas de una fumigación, algo inaceptable desde todo punto de vista. Aquí nos preguntamos: Quién le garantiza la salud al momento de ejercer el control de la aplicación?
Este decreto desconoce el poder nocivo de la deriva, afirma que con fumigar fuera del horario escolar y cumplir con las buenas prácticas agrícolas de este modelo en base a venenos, es suficiente para protegernos.
Una vez más se priorizan las ganancias por sobre la vida, es por eso que repudiamos este decreto a la vez que luchamos en territorio defendiendo el derecho a la educación y a vivir en un ambiente sano, destacando que es el Estado quien debe garantizar estos derechos y no quien nos condena legalizando el envenenamiento silencioso de nuestras comunidades.