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Afiliada sin cobertura de internación: Iosper señaló que el geriátrico no tiene habilitación de Salud

Testa hizo alusión al fallecimiento ayer de una anciana, por quemaduras y asfixia, luego que el geriátrico del barrio porteño de Parque Avellaneda, en el que estaba internada, fuera devorado por un incendio. “En base a situaciones como esas, en este caso, no importa el lugar dónde ocurrió, Iosper exige siempre la habilitación que otorga el ministerio de Salud de la provincia”.

El abogado recordó que en un amparo interpuesto contra Iosper, en el que la hija de una afiliada de 74 años solicitó la cobertura del pago de una internación en un geriátrico de Paraná que le había sido denegada por no contar con las habilitaciones correspondientes del Ministerio de Salud de la provincia, se presentó en el lugar la Vocal de Cámara en lo Contencioso Administrativo 1, Gisela Schumacher, con una medida de constatación judicial. “A esta recorrida fue convocado el director de Prestaciones del Ministerio de Salud, Eduardo Elías, junto con el director de Programas Específicos de Iosper, Sebastián Ibañez”

El asesor legal de Iosper señaló que Elías concurrió munido del expediente administrativo donde surgía que la habilitación del lugar estaba en trámite, pero sin finalizar por omisiones de la propietaria, es decir, “no se encontraba con la habilitación en debida forma, porque no contaba con papeles de Afip y Aer, y carecía de asistente social y terapista ocupacional, entre el personal afectado”.

Valoración de la inspección ocular

Testa valoró que la jueza actuante haya concurrido a realizar en el lugar una inspección ocular, donde dejó sentado que la Secretaría de Salud es quien tiene la responsabilidad de constatar la forma de funcionamiento – y sus habilitaciones –, apercibir a los geriátricos, emplazarlos para que regularicen, aplicar multas y disponer clausuras temporarias o permanentes. “La jueza agregó que es la provincia, por intermedio de sus organismos, la secretaría de Salud, y el Iprodi, por ejemplo, quienes deben controlar el ejercicio de esas actividades”.

El letrado de Iosper destacó que la jueza actuante definió que, más allá de los requisitos faltantes para su habilitación, que se constataron en el lugar, “es la secretaría de Salud, y en concreto el funcionario Elías, quien debe controlar el funcionamiento y no sólo la habilitación, de los hogares destinados a geriatría, por lo que la responsabilidad, en su caso, deberá atribuirse a esa área, tanto por las omisiones como por las consecuencias de sus acciones, teniendo presente que tiene amplias facultades de control y sanción. Por eso se mandó notificar la sentencia al Estado Provincial”.

El abogado concluyó que “la posición de Iosper respecto al pedido de habilitación de los lugares en que los afiliados o sus familiares quieren internar a sus ancianos discapacitados, es justamente para evitar lo que ha sucedido recientemente en un establecimiento de Parque Avellaneda, donde una mujer murió por quemaduras y asfixia al incendiarse el geriátrico donde estaba internada”.

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