El bombero indicó: «por lo que yo tengo entendido no pueden estar en la calle. Tienen que estar dentro de un local. La venta de pirotecnia se hace dentro de un local adecuado y habilitado».
Además admitió que puede haber «algunos puestos que esté cumpliendo con las ordenanzas municipales, pero ya le digo, tiene que estar cumpliendo con las ordenanzas porque sino no se puede habilitar».
Entre los requisitos de seguridad, se exige matafuegos. «Depende de cuantos productos tengan, de cuanto material tenga ahí para vender, un matafuego, dos o tres y arena».
Otra medida de seguridad radica en evitar exponer la pirotecnia a material inflamable como maderas o telas. «Yo creo que la venta de pirotecnia enfrente de donde hay una venta de ropa, creo que no podría estar, me parece por lógica. Una cañita voladora que estalle y se le meta dentro de una tienda puede llegar a provocar un desastre», aseguró.
Algunos puestos poseen un balde de agua como una medida preventiva en caso de incendio. Pero la fuente aseguró: «yo creo que un balde de agua no es suficiente?.
Muchos puestos están casi unidos unos a otros, con el peligro consabido en caso que se encienda un puesto, porque los contiguos corren el mismo riesgo. «Me parece que ahí debería estar trabajando Inspección General de la Municipalidad. Yo no voy a decir que todos los que están vendiendo en la calles están truchos, puede haber alguno que está habilitado. Pero yo conozco gente que está vendiendo cohetes que no tiene nada, ni siquiera tiene noción del manipuleo de lo que están vendiendo. Hasta ellos mismos corren el riesgo de volarse una mano», indicó el Bombero.
Si bien, algunos vendedores cubren su mercadería con telas o sombrillas, otros la dejan expuestas a los rayos del sol. «Algunos posiblemente están asesorados. Pero se ve en la calle gente que tiene un tablón suelto, arriba la pirotecnia, sin medidas de seguridad, ni para ellos, ni para los transeúntes», explicó.
Vacío legislativo
Desde el Concejo Deliberante, un concejal de la oposición advirtió que hay un vacío legal respecto de la venta de pirotecnia. La única ordenanza al respecto es la Nº 26.383, que data de abril de 1993 y establece sólo tres artículos:
Art. 1º) Dispónese el envió de personal de Inspección a recorrer la ciudad, a fin de evitar la venta de artículos de pirotecnia de ingreso clandestino y no autorizado.
Art. 2º) Facúltase al departamento Ejecutivo a proceder a sancionar con multas a negocios o personas que tuvieran en su poder tales artículos para su venta, so pena de clausura y decomiso de la mercadería a que se hace referencia en el Art. 1º.
Art. 3º) El material decomisado será destruido por personal capacitado en algún predio donde no constituya riesgo alguno, tanto para personas como para bienes, dentro de las cuarenta y ocho (48) horas de haberse realizado el procedimiento.