La sentencia, del 27 de diciembre último, condenó a la Provincia a “adecuar el haber de pensión vitalicia que goza el actor como ex Gobernador de la Provincia”. De ese modo, declaró además la nulidad del decreto N° 2.396, firmado en 2007 por el ex gobernador Jorge Busti, que había denegado el pedido de Montiel. De ese modo, la pensión que percibe Montiel deberá se actualizada, en un monto igual al 75% del sueldo que percibe un vocal del STJ, más un 10%. Un integrante del máximo tribunal judicial de Entre Ríos percibe hoy 17 mil pesos.
Pero el Gobierno está resuelto a recurrir esa sentencia. Entiende que de darse cabida a esa pretensión, Montiel estaría cobrando, como jubilado más de lo que percibe el actual mandatario, Sergio Urribarri, por cuanto el sueldo de este último se regula por la Ley de Presupuesto, y no está atado a lo que cobra un vocal del STJ.
La pensión vitalicia que perciben los ex gobernadores y vicegobernadores fue instituida por la Ley N° 4.506, de 1965, y entonces se fijó ese beneficio en un monto “móvil e igual” al 75% de la remuneración que corresponde al cargo en actividad. “A los efectos de establecer este beneficio no se tendrán en cuenta los gastos de representación”, plantea el texto. Otra norma, la Ley N° 8.620, que estructuró el sistema de remuneraciones en el Estado, estableció que esa pensión equivaldría al 75% del sueldo del vocal del STJ, más un 10%.
Así, Montiel concluyó que independientemente de lo que efectivamente perciba como salario el gobernador en actividad, entiende que su pensión vitalicia debe ser de un monto de un 10% superior al 75% del sueldo que cobra un vocal del máximo tribunal, el que a su vez, y de acuerdo a la Ley N° 8.654, está compuesto por el haber básico del cargo más la adecuación por “intangibilidad”. En 2004, la Ley N° 9.570 limitó esa intangibilidad, bajo los siguientes parámetros: la adecuación remunerativa por intangibilidad “no se modificará excepto cuando se verifique un incremento acumulado por el índice de costo de vida suministrado por el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (Indec), que supere el 30%, a partir de lo cual se actualizará automáticamente un 50% del valor índice acumulado”.
La Caja de Jubilaciones, al rechazar la solicitud de Montiel, refutó cada uno de los argumentos del ex mandatario: no sólo adujo que el planteo fue extemporáneo –el ex gobernador lo inició en 2005, dos años después de estar cobrando la pensión—sino que además sostuvo que el ex gobernador pretende cobijarse bajo un régimen legal que no existía al momento de acceder a la pensión.
Así, dicen que cuando accedió al beneficio por primera vez, en 1987, luego suspendido durante su segundo mandato, entre 1999 y 2003, aquella ley de intangibilidad no existía, y por tanto no le corresponde cobrar ese beneficio.
Aún cuando el STJ dictaminó en la causa “Montiel Sergio Alberto c/Estado Provincial y Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos s/Demanda Contencioso Administrativa”, y le dio la razón al ex gobernador, el Gobierno no quedó conforme, e irá a la Corte.
El fiscal de Estado, Julio Rodríguez Signes, aseguró que en conjunto con la Caja de Jubilaciones y Pensiones se resolvió apelar el fallo. Para eso, se hará la presentación de un recurso extraordinario ante el mismo tribunal, para que habilite la vía federal para seguir con la causa.
En esa instancia pueden suceder dos cosas: que el STJ acepte el planteo, y entonces el pleito llegará a los tribunales federales directamente. Si la respuesta es negativa, a la Provincia le queda el camino más empinado: ir directamente a la Corte con un recurso de queja, para que allí se dirima si corresponde o no la apelación, y después recién empezar a debatir la cuestión de fondo.
El titular de la Caja, Daniel Elías, reafirmó que la tesitura del organismo a su cargo es la misma: rechazar el planteo de Montiel, porque no le corresponde la actualización salarial que pretende. “Si le damos la razón, el ex gobernador va terminar cobrando una pensión que está por encima del sueldo que cobra el actual gobernador”, apuntó.
Por qué se lo niegan
Montiel inició el reclamo en 2005, dos años después de abandonar su puesto como máximo responsable del Poder Ejecutivo.
Pero la Caja de Jubilaciones y Pensiones le contestó que no correspondía que le actualizaran el haber, y lo engancharan con el sueldo de un vocal del STJ.
Primero, argumentó que había operado la prescripción, por cuanto Montiel cobró “silenciosamente” la pensión vitalicia y no puso reparos sino “hasta casi un año y seis meses después” de comenzar a cobrar el beneficio jubilatorio.
Además, argumentó que al momento que el ex gobernador accedió a esa pensión, luego de concluir su primer mandato, en diciembre de 1987, “no existía ningún enganche del salario del gobernador con el de los vocales del STJ, que recién fue establecido por Ley 8.620 del año 1991”.
También dijo que de prosperar un pedido de ese tenor implicaría que “el haber liquidado resultaría notablemente mayor que el haber del activo, violando el principio de proporcionalidad”.
Y que la pretendida intangibilidad pretendida no alcanza a los salarios del Poder Ejecutivo, sino que es privativa del Poder Judicial.
Moine: “Yo no demando al Estado”
El ex gobernador Mario Armando Moine (1991-1995) descartó que vaya a seguir el mismo camino que Sergio Montiel, que reclamó al Estado una actualización de la pensión vitalicia que le corresponde como ex gobernador.
“Yo no demando al Estado”, aseguró Moine, al ser consultado por El Diario.
No obstante, Moine había iniciado un reclamo administrativo ante la Caja de Jubilaciones y Pensiones con el mismo planteo que Montiel, aunque en ambos casos el organismo que conduce Daniel Elías adopto la misma posición: los rechazó de plano.
Moine dice que entabló el reclamo por cuanto consideró justo la demanda, pero que no bien se enteró del rechazo de la Caja le ordenó a su abogado que desistiera de la causa en la Justicia. “Aún cuando me corresponda, yo no demando al Estado”, arguyó.