Absolvieron a ex funcionario montielista acusado de no haber publicado una ley

Se trataba de los artículos 19 y 30 de la Ley Nº 9.496 de Presupuesto provincial, que la Asamblea confirmó el 11 de junio de 2003; pero Montiel –en lugar de promulgar y publicar la ley completa– pasó el expediente a Fiscalía para dictamen.
Según la acusación, por la omisión del procedimiento de dictaminar, la norma no entró en vigencia, por lo cual se suponía que el fiscal de Estado no había cumplido con su deber de controlar por la legalidad de la actividad estatal.
Así lo sostuvo la querella representada por Gustavo Acosta y Luis Pedemonte, de la Oficina Anticorrupción, quienes agregaron que no se trató de un expediente más, sino que “era ni más ni menos que la Ley de Presupuesto”, por lo que resultaba “inverosímil” el descargo que había hecho el imputado de que no conocía que el expediente se encontraba en la Fiscalía de Estado. La querella solicitó que se le aplique una multa de 6.000 pesos y la inhabilitación especial por seis meses.
La omisión del deber de dictaminar también fue sostenida por la fiscal Sandra Terreno, pero solicitó el mínimo de la pena, es decir 750 pesos, y el mínimo de inhabilitación.
Por su parte, el defensor Marciano Martínez cuestionó la Ley de Fiscalía diciendo que es “inconstitucional” y argumentó que el fiscal de Estado “no es el abogado del gobernador”, o sea que su deber de controlar no significa que debía asesorar al mandatario.
Martínez, antes de pedir la absolución, también mencionó que Avero “había ido a estudiar derecho constitucional al extranjero” y que regresó después de que el expediente había ingresado a la Fiscalía, por lo que “nunca se enteró de su ingreso” al organismo.
En su fallo, fechado el lunes, el juez expresó que “nadie puede indicar con certeza que Avero hubiese sabido que el expediente se hallaba dentro de la Fiscalía de Estado”, e incluso esto tampoco les constaba a los testigos. “Mal puede imputársele entonces el no haber emitido dictamen de su competencia”.
Además consideró que “mal podría considerarse ilegal a la omisión de dictaminar a partir de un requerimiento insólito, irregular, indebido, al margen de la ley y aún dolosamente formulado”, como fue que Montiel haya pedido un dictamen sobre una resolución de la Asamblea Legislativa, en lugar de publicarla directamente.
En definitiva, Vírgala sostuvo que no puede tener por acreditado el hecho imputado y, en base a la presunción de inocencia, resolvió absolver al imputado.

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